La OMI adopta un anexo revisado y actualizado del Convenio para facilitar el tráfico marítimo internacional, 1965, enmendado (FAL)
Las prescripciones obligatorias para el intercambio electrónico de información sobre la carga, tripulación y pasajeros han sido adoptadas por la Organización Marítima Internacional (OMI) como parte del Anexo revisado y actualizado del Convenio para facilitar el tráfico marítimo internacional, 1965, enmendado (FAL), el cual está encaminado a armonizar los procedimientos para la llegada, permanencia y salida de buques desde el puerto.
La nueva norma relativa a la obligación de las autoridades públicas de establecer sistemas para el intercambio electrónico de información, en un plazo máximo de tres años tras la adopción de las enmiendas, es una de las modificaciones importantes que incluye el Anexo revisado, cuya entrada en vigor se prevé para el 1 de enero de 2018, conforme a un procedimiento de aceptación tácita.
Habrá un periodo de transición de doce meses, desde la fecha de introducción de dichos sistemas, en la que tanto los documentos en papel como los electrónicos estarán permitidos. Tras dicho periodo, la transmisión electrónica será obligatoria.
El tratado FAL, adoptado en 1965, busca alcanzar el mayor grado posible de uniformidad en los trámites y otros procedimientos, incluyendo "normas" obligatorias y "métodos recomendados" sobre los trámites, documentación necesaria y procedimientos que deberían aplicarse a la llegada, permanencia y salida del buque y su tripulación, pasajeros, equipaje y carga. Estos incluyen formularios normalizados para obtener la información necesaria para la declaración general, la declaración de carga, la lista de la tripulación y la lista de pasajeros, así como la información mínima acordada que se necesita para la declaración de provisiones del buque y la declaración de efectos de la tripulación.
La adopción del Anexo revisado del Convenio FAL por el Comité de Facilitación de la OMI - el cual se reunió del 4 al 8 de abril en la sede de la OMI en Londres, Reino Unido- viene precedida por un exhaustivo examen de sus disposiciones. La actualización está encaminada, por un lado, a asegurar que el Convenio FAL responde adecuadamente a las necesidades actuales y emergentes de la industria del transporte marítimo; y por otro, a facilitar y agilizar el tráfico marítimo internacional, con el objetivo de evitar retrasos innecesarios a los buques, a las personas y a los bienes que se encuentran a bordo.
Una de las nuevas prácticas recomendadas promueve el uso del concepto de "ventanilla única" con el fin de que toda la información requerida por las autoridades relativa a la llegada, permanencia y salida de los buques, las personas y la carga sea enviada por un portal único y sin duplicaciones.
Otras normas revisadas abordan el permiso de tierra y el acceso de la tripulación a las instalaciones en tierra, añadiendo además un párrafo en esa misma norma para afirmar que no deberá existir discriminación, respecto al permiso de tierra, por razones de nacionalidad, raza, color, sexo, religión, opiniones políticas u origen social, e independientemente del Estado del pabellón del buque del que los miembros de la tripulación son empleados, están destinados o en el que trabajan.
También se actualizan las normas y prácticas recomendadas relativas a los polizones, con el fin de incluir referencias a secciones relevantes del Código internacional para la protección de los buques y de las instalaciones portuarias (Código PBIP). Una nueva norma exige a los gobiernos que, cuando proceda, incorporen fundamentos jurídicos en su legislación nacional para permitir el procesamiento de polizones, polizones frustrados y de cualquier individuo o compañía que ayude a un polizón o polizón frustrado a acceder a áreas portuarias, a los buques, a la carga o a los contenedores.
Los formularios normalizados de la OMI (formularios FAL), los cuales abarcan la declaración general de la OMI, la declaración de carga, la declaración de provisiones del buque, la declaración de efectos de la tripulación, la lista de la tripulación, la lista de pasajeros y la declaración de mercancías peligrosas también han sido revisadas.
Pulse aquí para consultar el resumen completo del 40 periodo de sesiones del Comité de facilitación, incluyendo otros puntos del orden del día.