La OMI ha comenzado la labor para determinar el modo de abordar la navegación de los buques marítimos autónomos de superficie (MASS) en condiciones de seguridad, protección y ambientalmente racionales.
La Organización Marítima Internacional (OMI), el órgano regulador del transporte marítimo internacional, ha comenzado la labor para determinar el modo de abordar en sus instrumentos la navegación de los buques marítimos autónomos de superficie (MASS) en condiciones de seguridad, protección y ambientalmente racionales.
El órgano técnico de más antigüedad de la OMI, el Comité de seguridad marítima (MSC), ha refrendado un marco de trabajo para el estudio exploratorio sobre la reglamentación, como labor en curso, que incluye la definición preliminar de los MASS y los grados de autonomía así como la metodología para el estudio y el plan de trabajo.
A los efectos del estudio exploratorio sobre la reglamentación, se entiende por "buque marítimo autónomo de superficie (MASS)" todo buque que, en diversos grados, puede navegar sin depender de la interacción humana.
Para facilitar el proceso del estudio exploratorio sobre la reglamentación, los grados de autonomía se organizan como sigue (la lista no sigue un orden jerárquico):
- Buque con procesos automatizados y apoyo en la toma de decisiones. La gente de mar está a bordo para operar y controlar los sistemas y las funciones de a bordo. Algunas operaciones pueden estar automatizadas.
- Buque controlado a distancia con gente de mar a bordo: El buque se controla y opera desde otro emplazamiento, pero hay gente de mar a bordo.
- Buque controlado a distancia sin gente de mar a bordo: El buque se controla y opera desde otro emplazamiento. No hay gente de mar a bordo.
- Buque totalmente autónomo: El sistema operativo del buque es capaz de tomar decisiones y de determinar acciones por sí mismo.
Los MASS podrían navegar con uno o más grados de autonomía durante un mismo viaje.
En una primera etapa, el estudio exploratorio identificará las disposiciones actuales en una lista acordada de instrumentos de la OMI y evaluará si pueden ser o no aplicables a buques con diversos grados de autonomía y si pueden impedir o no su navegación.
En la segunda etapa, se llevará a cabo un análisis para determinar el modo más adecuado de abordar la navegación de los MASS, teniendo en cuenta, entre otras cosas, el factor humano, la tecnología y los factores operacionales
El MSC, que se reunió en su 99º periodo de sesiones (16-25 de mayo), constituyó un grupo de correspondencia sobre MASS para probar el marco de trabajo del estudio exploratorio acordado en el periodo de sesiones y, especialmente, la metodología, e informar de nuevo al Comité durante su próximo periodo de sesiones del 3 al 7 de diciembre de 2018.
El grupo de correspondencia someterá a prueba la metodología llevando a cabo una evaluación inicial de la regla III/17-1 del Convenio SOLAS (Rescate de personas del agua), la que se exige que todos los buques tengan planes y procedimientos específicos para el rescate de personas del agua; la regla V/19.2 del Convenio SOLAS (Prescripciones de transporte para equipos y sistemas de navegación de a bordo) y la regla 10 del Convenio de Líneas de Carga (Información que se facilitará al Capitán).
Si el tiempo lo permite, también se examinarán las reglas II-1/3-4 del Convenio SOLAS (Procedimientos y medios de remolque de emergencia) y la regla V/22 (Visibilidad desde el puente de navegación).
El Comité invitó a los Estados Miembros y organizaciones internacionales interesados a que presentasen propuestas sobre la elaboración de las directrices provisionales relativas a los ensayos de los MASS en la siguiente reunión, el MSC 100.
Tratados a examen
La lista de instrumentos que serán cubiertos durante el estudio exploratorio para el MASS incluye todos aquellos que se ocupan de la seguridad (Convenio SOLAS), el Reglamento de abordajes (COLREG), carga y estabilidad (Convenio de líneas de carga) , formación de la gente de mar (Convenio de formación y Convenio de formación para buques pesqueros); búsqueda y salvamento (Convenio SAR); el Convenio internacional sobre arqueo de buques y los instrumentos sobre buques de pasaje en tráficos especiales (Acuerdo STP y Protocolo sobre espacios habitables en buques de pasaje que prestan servicios especiales, 1973).
La OMI adoptó en 2017 los Principios estratégicos de la Organización. Uno de ellos es la integración de tecnologías nuevas y avanzadas en el marco de trabajo regulatorio. Para ello hay que equilibrar las ventajas que se derivan de las tecnologías nuevas y avanzadas frente a las preocupaciones en materia de seguridad y protección, sus repercusiones para el medio ambiente y la facilitación del comercio internacional, los costos posibles para el sector, y por último, sus repercusiones para el personal, tanto a bordo como en tierra.
Durante su intervención en la apertura del MSC, el Secretario General de la OMI Kitack Lim destacó la importancia de permanecer flexibles para acomodar las nuevas tecnologías, y mejorar la eficiencia del sector marítimo, "al mismo tiempo que se tienen en cuenta el rol del factor humano y la necesidad de mantener una navegación segura, continuando con la disminución del número de accidentes".
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(Próximamente su publicará más información sobre el MSC 99)