Cuadragésima tercera Reunión consultiva de las Partes Contratantes del Convenio de Londres y de la decimosexta Reunión de las Partes Contratantes del Protocolo de Londres (LC 43/LP 16), del 25 al 29 de octubre de 2021

La cuadragésima tercera Reunión consultiva y a la decimosexta Reunión de las Partes Contratantes (LC 43/LP 16) se celebraron a distancia del 25 al 29 de octubre de 2021.

Durante la sesión, las Partes Contratantes abordaron una serie de cuestiones importantes relacionadas con la gobernanza de los océanos y la protección del medio marino.

Vertimientos de fangos cloacales: ¿una futura prohibición?

Los fangos cloacales son residuos cuyo vertimiento en el mar puede considerarse tanto en virtud del Convenio como del Protocolo de Londres. En el pasado, un número considerable de Estados permitían el vertimiento fangos cloacales al mar.

Tras encargar una visión mundial de las prácticas actuales de gestión o vertimiento de fangos cloacales en el mar, la reunión concluyó que esta práctica había disminuido considerablemente en las últimas décadas, que ya estaba prohibida por muchos convenios regionales y por la legislación nacional, y que existían alternativas para el uso de los fangos cloacales.

La reunión acordó que había suficientes pruebas y justificación para enmendar el anexo 1 del Protocolo de Londres a fin de retirar este los fangos cloacales de la lista de los desechos permitidos e invitó a una o varias Partes Contratantes del Protocolo a proponer una enmienda. Si se recibe una propuesta y las Partes Contratantes la aprueban, el vertimiento de fangos cloacales en el mar quedaría prohibido en todo el mundo.

En virtud de Protocolo de Londres todo vertimiento queda prohibido salvo en el caso de desechos posiblemente aceptables de la "lista de vertidos permitidos" (anexo 1). El Protocolo de Londres entró en vigor el 24 de marzo de 2006 y actualmente hay 53 Partes en él. (Lea más aquí).

Orientaciones sobre la selección de los lugares de evacuación

La selección de un lugar de evacuación en el mar para minimizar el impacto en el medio marino es una parte integrante de las Directrices para la evaluación de desechos en virtud del Convenio y el Protocolo de Londres adoptadas en virtud de los tratados.

En la reunión se examinaron y aprobaron las orientaciones sobre la selección de lugares de evacuación: "Directrices para la selección de lugares para la evacuación en el mar y para la elaboración de planes de gestión y vigilancia del lugar". Las directrices identifican la información y los datos que son importantes para evaluar si las actividades de vertido en un nuevo emplazamiento propuesto podrían causar riesgos inaceptables para el medio marino, la salud de los seres humanos u otros usos del mar.

Las orientaciones estarán disponibles en los tres idiomas de trabajo de la OMI (español, francés e inglés).

Elaboración del Plan estratégico del LP/LC

El propósito del Plan estratégico del LC/LP, que fue adoptado por los órganos rectores en 2016, es facilitar la implantación del Protocolo y el Convenio de Londres con el fin de contribuir a la prevención de la contaminación del mar y potenciar la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

El año que viene se realizará la primera revisión completa de los avances hacia los objetivos del Plan estratégico. La Reunión pidió a la Secretaría que preparara la revisión para remitirla a los órganos rectores en 2022.

Regulación de las tecnologías de mitigación del cambio climático

En la reunión se destacó la importancia de que más Partes Contratantes ratifiquen las dos enmiendas al Protocolo de Londres sobre el cambio climático que están pendientes: la enmienda de 2009 para permitir la exportación transfronteriza de CO2 para su almacenamiento bajo el fondo marino, y la enmienda de 2013 p para regular la fertilización de los océanos y otras actividades de geoingeniería marina.

Tal y como se subrayó en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP 26) celebrada en Glasgow, las tecnologías de mitigación del cambio climático pueden desempeñar un papel fundamental a la hora de afrontar el reto de un futuro con cero emisiones netas. Estas enmiendas, una vez que entren en vigor, permitirán a las las Partes Contratantes pudieran hacer frente a los retos que plantea el cambio climático mundial, regulando al mismo tiempo las actividades de manera preventiva a fin de garantizar la protección del medio marino y la salud de los seres humanos.

Conmemoración de los 50 años transcurridos desde la aprobación del Convenio de Londres

En la reunión se señaló que el próximo año, 2022, se cumplirán 50 años desde la adopción del Convenio de Londres, lo que supone el inicio de cinco décadas de acción para prevenir la contaminación marina por el vertimiento de desechos y otras materias.

Para conmemorar este importante hito, la reunión encargó a la Secretaría de LC/LP que trabajara con la Oficina del LC/LP para organizar un acto conmemorativo adecuado e híbrido e invitó a las delegaciones interesadas en apoyar los preparativos de la misma.