Comité de seguridad marítima (MSC), 104ª periodo de sesiones, 4-8 de octubre de 2021
COVID-19 crisis de cambio de tripulación - proyecto de resolución de la Asamblea aprobado
El MSC aprobó un proyecto de resolución de la Asamblea en la que se refundan las cuestiones relativas a los cambios de tripulación, el acceso a la atención médica, la designación de "trabajador esencial" y la vacunación a fin de seguir resaltando la importancia de estos problemas, para su examen en el MSC 104, con miras a su adopción por la A 32 (que se celebra del 6 al 15 de diciembre).
El Proyecto de resolución de la Asamblea sobre medidas generales para abordar las dificultades de la gente de mar durante la pandemia de COVID-19 insta a los Estados Miembros a:
- designar a la gente de mar como ʺtrabajadores esencialesʺ para facilitar el permiso de tierra y la circulación segura y sin obstáculos a través de las fronteras, y reconocer su documentación pertinente para este fin;
- considerar la implantación de aprobó del Marco recomendado de protocolos del sector para garantizar la seguridad de los cambios y los viajes de las tripulaciones de los buques durante la pandemia de coronavirus (COVID-19)
- dar prioridad a la vacunación de la gente de mar, en la medida de lo posible, en sus programas nacionales de vacunación contra el COVID-19;
- considerar eximir a la gente de mar de toda política nacional por la que se exija como condición de entrada una prueba de estar vacunado contra la COVID-19, teniendo en cuenta que la gente de mar debería ser designada "trabajadores esenciales" y que realizan viajes transfronterizos frecuentes;
- proporcionar a la gente de mar acceso inmediato a la atención médica y a las instalaciones médicas y facilitar la evacuación médica de la gente de mar que necesite atención médica urgente cuando la atención médica requerida no pueda prestarse a bordo o en el puerto de escala.
Se aprueban las orientaciones de COVID
EL MSC aprobó las Orientaciones sobre la formación y la titulación de la gente de mar para las Administraciones expedidoras, los Estados de abanderamiento y los Estados rectores de puertos durante la pandemia de COVID-19. En particular, las orientaciones contienen prácticas recomendadas con respecto a las medidas excepcionales adoptadas por las Partes como consecuencia de la pandemia de COVID-19. Se elaboraron de conformidad con el principio de que la fuerza mayor era temporal y que las Partes en el Convenio de formación deberían tratar de volver a cumplir sus obligaciones en virtud del Convenio y del Código de formación lo antes posible.
Piratería y robo a mano armada contra buques y otras actividades marítimas ilícitas
El MSC aprobó un proyecto de actualización de la resolución A.1069(28) de la Asamblea de la OMI sobre la prevención y represión de los actos de piratería, los robos a mano armada contra los buques y las actividades marítimas ilícitas en el golfo de Guinea. La resolución se ha presentado al Trigésimo segundo periodo de la Asamblea de la OMI con vistas a su adopción.
El proyecto de resolución revisado incluirá una referencia a las definiciones de ʺpirateríaʺ y ʺrobo a mano armada contra buquesʺ en la parte del preámbulo del proyecto de resolución, además de otros cambios de redacción.
Panorama mundial
Entre enero y junio de 2021 se comunicaron a la Organización 83 sucesos de piratería y robos a mano armada contra buques, tanto perpetrados como fallidos, lo que supuso una disminución de alrededor del 23 % a nivel mundial en comparación con el mismo periodo del año anterior. Las zonas más afectadas por los actos de piratería y robo a mano armada durante ese tiempo fueron África Occidental (27), el estrecho de Malaca y Singapur (23) y el mar de China meridional (12). El número de incidentes en el golfo de Guinea (África occidental) disminuyó en el primer semestre de 2021 en 5 en comparación con el mismo periodo de 2020, lo que supone un descenso del 16%.
El Comité tomó nota de la aplicación en curso del Código de Conducta de Yibuti, en su versión modificada, en el océano Índico occidental y el golfo de Adén. En relación con la implantación del Código de conducta de Djibouti, enmendado, la región ha establecido, con el apoyo de la Secretaría, un sólido marco de gobernanza para encabezar dicha implantación y ahora está mejor preparada para encontrar soluciones regionales con el fin de subsanar las deficiencias existentes en materia de concienciación sobre el medio marítimo y desarrollar capacidad de respuesta.
El Comité pidió a los Estados Miembros que siguieran informando de los incidentes de piratería y robo a mano armada contra los buques a la Secretaría de la OMI a marsec@imo.org, utilizando el formulario de notificación que figura en el apéndice 5 de MSC.1/Circ.1333/Rev.1, y les invitó a considerar la posibilidad de hacer contribuciones financieras al Fondo fiduciario de protección marítima para África occidental y central de la OMI.
Seguridad de los transbordadores nacionales: se aprueba un modelo de reglamento para su adopción en 2022
El Comité finalizó y aprobó el Reglamento modelo sobre la seguridad de los transbordadores nacionales, que se adoptará en el MSC 105 en abril de 2022, junto con un plan actualizado para seguir trabajando.
El presente Reglamento modelo proporciona unas disposiciones marco sobre la seguridad de los transbordadores nacionales para su incorporación en la legislación nacional. Las disposiciones abarcan una serie de cuestiones, entre ellas: la certificación; dotación; gestión de la seguridad; equipos de navegación y comunicaciones y aparatos de salvamento.
La necesidad de regular los transbordadores nacionales se expone en un nuevo vídeo animado, que puede verse aquí.
Normas de construcción de buques basadas en objetivos
Tras examinar el informe de la auditoría combinada en el marco de las GBS sobre la rectificación de los incumplimientos de las reglas de construcción de buques de la IACS y de DNV-GL (que desde entonces ha cambiado su nombre a DNV), el Comité estuvo de acuerdo con las recomendaciones de los auditores y confirmó que los incumplimientos de las normas estructurales comunes (CSR) de IACS identificadas durante la primera auditoría de mantenimiento de GBS en 2018 y durante la auditoría de repetición de la verificación de de DNV-GL en 2019 habían sido debidamente rectificados, que se se habían corregido debidamente y que las Reglas estructurales comunes de la IACS y las reglas de DNV-GL demuestran que siguen cumpliendo las reglas de construcción de buques basadas en objetivos de la Organización para graneleros y petroleros.
El Comité acordó examinar los documentos restantes de este punto del orden del día por correspondencia, para considerar cualquier medida que deba adoptarse en el MSC 105.
Las Normas internacionales de construcción de buques basadas en objetivos para graneleros y petroleros (en adelante denominadas "las Normas") describen los objetivos y establecen las prescripciones funcionales a las que han de ajustarse las reglas para el proyecto y la construcción de graneleros y petroleros de las organizaciones reconocidas por la Administración, o las normas nacionales de las Administraciones, según se determina en las reglas II-1/2.28 y II-1/3-10 del Convenio SOLAS. Además, las Normas establecen que debe verificarse que las citadas reglas se ajustan a los objetivos y las prescripciones funcionales.
La verificación se lleva a cabo mediante la realización de auditorías periódicas de las normas de construcción de buques de organizaciones reconocidas por la Administración que ya han sido verificadas como conformes a las Normas. Aquellas OR o Administraciones que deseen que se verifique por primera vez la conformidad de sus normas de construcción de buques basadas en objetivos tendrán que someterse a una auditoría inicial, de acuerdo con las Directrices revisadas para la verificación de la conformidad con las normas de construcción de buques basadas en objetivos para graneleros y petroleros (resolución MSC.454(100))
Las próximas auditorías de verificación en el marco de las normas basadas en objetivos programadas se llevarán a cabo a principios de 2022, cuando comience el primer ciclo de auditorías de mantenimiento de tres años.
Enmiendas a los instrumentos de obligado cumplimiento
El MSC aprobó:
una modificación menor del capítulo II (Condiciones de asignación del francobordo), así como modificaciones del capítulo III (Francos) del anexo I (Reglas para la determinación de las líneas de carga) del anexo B del Protocolo sobre líneas de carga de 1988, relativas a las puertas estancas de los buques de carga; y
Enmiendas asociadas relativas a las puertas estancas de los buques de carga al capítulo 2 (Capacidad de supervivencia del buque y ubicación de los tanques de carga) del Código Internacional de Construcción y Equipamiento de Buques que Transportan Gases Licuados a Granel (Código CIG).
Se espera que las enmiendas entren en vigor el 1 de enero de 2024.
Modernización del SMSSM - aprobación de las enmiendas al SOLAS y a los instrumentos conexos
Tras una revisión exhaustiva del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos (SMSSM) por parte del Subcomité de Navegación, Comunicaciones y Búsqueda y Salvamento (NCSR), el MSC aprobó un conjunto de proyectos de enmiendas al Convenio SOLAS de 1974, junto con las correspondientes enmiendas y revisiones de los instrumentos relacionados existentes.
El objetivo de las modificaciones es permitir el uso de sistemas de comunicación modernos en el SMSSM, al tiempo que se eliminan los requisitos de llevar sistemas obsoletos.
La revisión de las reglas pertinentes de los capítulos II-1, III, IV y V de SOLAS y la preparación de las enmiendas conexas y consecuentes a otros instrumentos existentes es el resultado de una década de trabajo minucioso de la OMI, en particular del Subcomité NCSR.
La seguridad de la navegación y la seguridad de la vida en el mar dependen de los sistemas integrados de radiocomunicación por satélite y terrestre para apoyar las comunicaciones de socorro, urgencia y seguridad en el mar de barco a barco, de barco a tierra y de tierra a barco, lo que se conoce como el SMSSM en general. Los requisitos obligatorios para el SMSSM se establecen en el Convenio SOLAS.
El MSC aprobó, para su adopción en el MSC 105, un proyecto de enmiendas a:
- los capítulos II-1, III, IV y V, y el apéndice (Certificados) del Convenio SOLAS;
- el Protocolo de 1988 relativo al Convenio SOLAS;
- los Códigos NVG de 1994 y de 2000,
- Códigos SPS de 1983 y de 2008 y
- Códigos MODU de 1979, 1989 y 2009
Además, el MSC aprobó, en principio, otros 11 proyectos de resolución del MSC y dos proyectos de circulares del MSC, con vistas a su aprobación/adopción final en el MSC 105, como sigue:
- el proyecto de resolución MSC sobre la "Norma de funcionamiento del sistema para la difusión y coordinación de información sobre seguridad marítima utilizando impresión directa de banda estrecha en ondas decamétricas", que revisa y remplaza la resolución A.699(17);
- el proyecto de resolución MSC sobre las "Normas de funcionamiento para la recepción de información sobre seguridad marítima e información relacionada con la búsqueda y el salvamento por ondas hectométricas (NAVTEX) y ondas decamétricas", que revisa y refunde las resoluciones A.700(17) y MSC.148(77), enmendadas;
- el proyecto de resolución MSC sobre la "Provisión de servicios radioeléctricos para el Sistema mundial de socorro y seguridad marítimos (SMSSM)", que revisa y remplaza la resolución A.801(19), enmendada;
- el proyecto de resolución MSC sobre las "Normas de funcionamiento para los respondedores de radar de búsqueda y salvamento", que revisa y remplaza las resoluciones A.530(13) y A.802(19), enmendada;
- el proyecto de resolución MSC sobre las "Normas de funcionamiento de las instalaciones radioeléctricas de ondas métricas de a bordo aptas para comunicaciones telefónicas y llamada selectiva digital", que revisa la resolución A.803(19), enmendada;
- el proyecto de resolución MSC sobre las "Normas de funcionamiento de las instalaciones radioeléctricas de ondas hectométricas y de ondas hectométricas/decamétricas de a bordo aptas para comunicaciones telefónicas, llamada selectiva digital y recepción de información sobre seguridad marítima e información relacionada con la búsqueda y el salvamento", que revisa y refunde las resoluciones A.804(19) y A.806(19), enmendadas;
- el proyecto de resolución MSC sobre las "Normas de funcionamiento de las estaciones terrenas de buque de Inmarsat-C aptas para transmitir y recibir comunicaciones de impresión directa", que revisa la resolución A.807(19), enmendada;
- el proyecto de resolución MSC sobre las "Directrices para evitar falsos alertas de socorro", que revisa y sustituye la resolución A.814(19);
- el proyecto de resolución MSC sobre las "Normas de funcionamiento de los aparatos radiotelefónicos portátiles bidireccionales de ondas métricas para embarcaciones de supervivencia", que revisa la resolución MSC.149(77);
- el proyecto de resolución MSC sobre las "Enmiendas a las Normas de funcionamiento para el equipo de radiocomunicaciones (resolución MSC.80(70))";
- el proyecto de resolución MSC sobre las "Normas de funcionamiento del sistema integrado de comunicaciones (SIC) de a bordo que se utilice en el Sistema mundial de socorro y seguridad marítimos (SMSSM)", que revisa la resolución A.811(19);
- el proyecto de circular MSC sobre la "Participación en el Sistema mundial de socorro y seguridad marítimos (SMSSM) de buques no regidos por el Convenio SOLAS y orientación sobre la elaboración de material didáctico para operadores del SMSSM de buques no regidos por el Convenio SOLAS", que se distribuirá como circular MSC.1/Circ.803/Rev.1; y
- el proyecto de circular MSC sobre las "Orientaciones para la recepción de información sobre seguridad marítima e información relacionada con la búsqueda y el salvamento, como se exige en el Sistema mundial de socorro y seguridad marítimos (SMSSM)".
Reconocimiento del Sistema regional indio de navegación por satélite (IRNSS)
El Comité reconoció el sistema regional japonés de navegación por satélite Quasi-Zenith Satellite System (QZSS) como componente del sistema mundial de radionavegación (WWRNS).
La OMI desempeña un papel importante en la aceptación y el reconocimiento de los sistemas de radionavegación que pueden ser utilizados por el transporte marítimo internacional y ha reconocido el sistema de posicionamiento global (GPS), el sistema global de navegación por satélite (GLONASS), el sistema de navegación por satélite BeiDou (BDS), el sistema global de navegación por satélite Galileo y el sistema regional de navegación por satélite de la India (IRNSS). El capítulo V del Convenio SOLAS exige que todos los buques lleven un sistema mundial de navegación por satélite o un receptor de radionavegación terrestre, u otros medios, para establecer y actualizar la posición del buque por medios automáticos, para su uso en todo momento durante el viaje.
Futuros trabajos sobre buques autónomos: instrumento basado en objetivos que se desarrollará
El Comité acordó desarrollar un instrumento basado en objetivos para los buques de superficie autónomos marítimos (MASS). Esto sigue a la finalización del ejercicio de alcance normativo (RSE) en mayo de 2021, que analizó los tratados de seguridad de los buques pertinentes, con el fin de evaluar cómo podría regularse el MASS a nivel internacional. Lea más sobre el RSE aquí: Buques autónomos: finalizado el ejercicio de alcance reglamentario (imo.org)
El MSC incluyó un nuevo resultado sobre el "Desarrollo de un instrumento basado en el oal para los buques de superficie marítimos autónomos (MASS)", con un año de finalización previsto para 2025, en su programa bienal para 2022-2023 y en el programa provisional del MSC 105. El Comité acordó que el Grupo de Trabajo MASS debería restablecerse, a partir del MSC 105.
Habiendo acordado que el primer paso en el trabajo sobre el nuevo producto sería la finalización de una hoja de ruta, el Comité pidió al Presidente que preparara, junto con la Secretaría, un proyecto de hoja de ruta, incluyendo el alcance, los pasos y los plazos, así como la coordinación del trabajo con otros órganos de la OMI, y que lo presentara al MSC 105 para su consideración detallada.
Migración mixta insegura por mar: propuesta de resolución
El Comité examinó una propuesta de adopción de una resolución del CSM para reiterar la importancia de la participación efectiva y oportuna de los gobiernos en los casos de rescate de migrantes en el mar por parte de buques mercantes.
En consecuencia, si bien se tomó nota del apoyo en principio al proyecto de resolución, el Comité, teniendo en cuenta las diversas opiniones y sugerencias (véase el párrafo 9.7), convino en posponer el examen de esta cuestión al MSC 105, e invitó a los Estados Miembros a presentar observaciones al siguiente periodo de sesiones, con miras a ultimar la resolución en ese momento.
Nuevos resultados de las encuestas a distancia
En consecuencia, el Comité acordó incluir un nuevo resultado titulado "Elaboración de orientaciones sobre las evaluaciones y aplicaciones de los reconocimientos a distancia, las auditorías previstas en el Código IGS y las verificaciones estipuladas en el Código PBIP" en el orden del día bienal del Subcomité III para 2022-2023 y en el orden del día provisional del III 8, fijando 2024 como año de ultimación previsto.
Otros asuntos
El Comité:
- Adoptó las resoluciones del MSC sobre "Enmiendas a las normas de funcionamiento de los registradores de datos de viaje simplificados (S-VDR) a bordo de buques (resolución MSC.163(78), enmendada)" y "Enmiendas a las normas de funcionamiento de los registradores de datos de viaje (VDR) a bordo de buques (resolución MSC.333(90))";
- Véase el Manual provisional del servicio SafetyCast de Iridium (MSC.1/Circ.1613).
- Proyecto de circular MSC: Orientaciones sobre la validez del equipo de radiocomunicaciones en ondas métricas instalado y utilizado en los buques (revisión de la circular MSC.1/CIRC.1460/Rev.2)
- Circulares aprobadas del MSC sobre Directrices para el mantenimiento en tierra de las radiobalizas indicadoras de posición de emergencia (EPIRB) (MSC.1/Circ.1039/Rev.1) y Directrices sobre las pruebas anuales de las radiobalizas indicadoras de posición de emergencia (EPIRB) (MSC.1/Circ.1040/Rev.2); y
- Interferencias deliberadas con el Sistema mundial de determinación de la posición (GPS) de los Estados Unidos y otros sistemas mundiales de navegación por satélite (GNSS).
Documentos MSC 104
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