Comité de facilitación, 48º periodo de sesiones, del 8 al 12 de abril de 2024

El Comité de facilitación se reunió en persona en la sede de la OMI en Londres para celebrar su 48º periodo de sesiones del 8 al 12 de abril de 2024 (con participación híbrida). El periodo de sesiones estuvo presidido por el Sr. Watchara Chiemanukulkit (Tailandia).

Lo más destacado del FAL 48

  1. Buques autónomos: aprobada la hoja de ruta revisada para los buques marítimos autónomos de superficie (MASS)  

  2. Se aprueban las Directrices revisadas para la prevención y supresión del contrabando de fauna y flora silvestres en buques dedicados al transporte marítimo internacional

  3. Nueva versión del Compendio de la OMI sobre facilitación y comercio electrónico

  4. Intercambio de experiencias sobre la ventanilla única marítima 

  5. Salvaguardia de la ciberseguridad de la ventanilla única marítima

  6. Encuesta del sector sobre el estado actual de la digitalización en los puertos y nuevos resultados sobre la estrategia general de la OMI sobre digitalización

  7. Nuevas directrices sobre los sistemas de la comunidad portuaria 

  8. Se aprueba una nueva versión del Manual explicativo del Convenio de facilitación  

  9. Nuevos resultados sobre la designación de "trabajadores esenciales"; gestión de riesgos cibernéticos; tráfico de drogas; Directrices conjuntas FAL-LEG-MEPC-MSC para el uso de certificados electrónicos; y actualización de las Directrices sobre los requisitos mínimos de formación y capacitación del personal de amarre. 

Aprobada la hoja de ruta revisada para los buques de superficie autónomos (MASS)

El Comité aprobó la hoja de ruta revisada para abordar las cuestiones de los buques de superficie autónomos (MASS) relacionadas con el Convenio para facilitar el tráfico marítimo internacional (Convenio de facilitación).  

Según la hoja de ruta revisada, se espera que el Comité:

  • Para el FAL 49 (primavera 2025): evaluar el código MASS no obligatorio una vez finalizado

  • Para el FAL 50 (2026): evaluar el Código MASS obligatorio adoptado y estudiar las enmiendas propuestas al anexo del Convenio de facilitación.

  • Para el FAL 51 (primavera 2027): adoptar las enmiendas al Convenio de facilitación.

El Comité examinó el informe del Grupo de trabajo mixto MSC-LEG-FAL sobre los buques marítimos autónomos de superficie (MASS), que se reunión en su segunda reunión en abril de 2023. 

El Comité se mostró de acuerdo con una serie de elementos contenidos en el informe, entre ellos el papel y las responsabilidades del capitán del MASS, la tripulación del MASS y los centros de operaciones a distancia. Entre ellas, el Comité estuvo de acuerdo, en principio, en que: 

  • debería haber un capitán humano a cargo de un MASS, independientemente de su modalidad de funcionamiento, o grado o nivel de autonomía;

  • era posible que no fuese necesario que dicho capitán se encontrase a bordo, dependiendo de la tecnología que se utilizase en el MASS y de la presencia humana a bordo, en caso de haber personas; 

  • independientemente de la modalidad de funcionamiento o el grado o nivel de autonomía, el capitán de un MASS debería disponer de medios para intervenir cuando sea necesario;

  • solo un capitán debería estar a cargo de un MASS en cualquier momento dado, aunque varios capitanes fuesen responsables de un MASS durante un mismo viaje, en determinadas condiciones; y

  • es necesario un debate detallado sobre las circunstancias en las que el capitán de un MASS podría estar a cargo de varios MASS.

La tercera reunión del Grupo de trabajo mixto tendrá lugar del 8 al 10 de mayo de 2024.

Se aprueban las Directrices revisadas para la prevención y supresión del contrabando de fauna y flora silvestres en buques dedicados al transporte marítimo internacional; Nuevo curso de aprendizaje electrónico

El Comité adoptó la resolución FAL.17(48), que contienen las Directrices revisadas para la prevención y supresión del contrabando de fauna y flora silvestres en buques dedicados al transporte marítimo internacional.  El exámen incluye enmiendas menores y cambios editoriales, y se han añadido enlaces a nuevas directrices conjuntas del sector como recurso útil. 

El nuevo curso de aprendizaje electrónico, "Introducción a la lucha contra el tráfico de especies silvestres en las cadenas de suministro marítimas", elaborado conjuntamente por la OMI, la Universidad Marítima Mundial (UMM) y el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF), proporciona a los organismos gubernamentales y a los operadores de las cadenas de suministro marítimas información práctica para combatir eficazmente el tráfico de especies silvestres en el mar, capacitándolos para prevenir y reprimir proactivamente estas actividades ilícitas. El curso de aprendizaje electrónico sobre tráfico ilícito de fauna y flora silvestres se lanzará oficialmente en mayo de 2024.  

Nueva versión del Compendio de la OMI sobre facilitación y comercio electrónico 

El Comité aprobó la nueva versión del "Compendio de la OMI sobre facilitación y comercio electrónico". El Compendio de la OMI pretende armonizar la gran cantidad de datos electrónicos intercambiados entre buques, puertos y otras partes interesadas. Incluye los conjuntos de datos de la OMI y del modelo de datos de referencia de la OMI, que proporcionan un formato y una semántica comunes para dichos datos. 

El nuevo Compendio de la OMI (sexta versión) incluye los siguientes conjuntos de datos nuevos y actualizados:

  • nuevo conjunto de datos de la OMI sobre la notificación de datos del mediodía;

  • conjuntos de datos revisados sobre "Declaración Marítima de Sanidad", "Informe sobre el agua de lastre ʺ, "Información anticipada sobre los pasajeros ", y el submodelo actualizado "justo a tiempo"; y

  • enmiendas al conjunto de datos de la OMI para mejorar la coherencia en la denominación y definición de los elementos de datos de la OMI.

Intercambio de experiencias sobre la ventanilla única marítima 

Desde el 1 de enero de 2024, todos los Estados Miembros de la OMI están ahora obligados a utilizar una plataforma digital única y centralizada o "ventanilla única marítima" para recopilar e intercambiar información con los buques cuando hacen escala en los puertos. De este modo se agilizaran los procedimientos para autorizar la llegada, permanencia y salida de los buques y se mejorará enormemente la eficiencia del transporte marítimo en todo el mundo.

El Comité escuchó a los Estados Miembros que compartieron sus experiencias en la implantación de la ventanilla única marítima, entre ellos Antigua y Barbuda, Brasil, Indonesia y Togo. 

Angola y Singapur compartieron su experiencia de implantación de un sistema de ventanilla única marítima en el marco del proyecto SWiFT en el puerto de Lobito (Angola). El proyecto SWiFT, financiado por Singapur, tiene como objetivo de ayudar a los Estados Miembros de la OMI a implantar en sus puertos los sistemas de ventanillas únicas marítimas. Se espera que las lecciones y la experiencia adquiridas con el proyecto SWiFT contribuyan a la implantación de las ventanillas únicas marítimas en todo el mundo. El Comité expresó su profundo agradecimiento a Singapur por ayudar a otros Estados Miembros de la OMI a implantar sistemas de ventanillas únicas marítimas en sus puertos.

Salvaguardia de la ciberseguridad de la ventanilla única marítima

El Comité debatió la cuestión de la ciberseguridad en relación con la ventanilla única marítima, y pidió a los Estados Miembros que elaboren y exploten sus ventanillas únicas marítimas sin riesgos cibernéticos y de forma resiliente. 

El Comité invitó a los Estados Miembros y a las organizaciones internacionales interesadas a ponerse en contacto con la Asociación Internacional de Puertos (IAPH) para preparar la propuesta de un nuevo resultado sobre la cuestión que se examinará en el FAL 49 y que podría incluir propuestas de enmiendas al Convenio de facilitación para establecer medidas obligatorias de ciberseguridad al elaborar las ventanillas únicas marítimas obligatorias y la elaboración de una ley modelo sobre ciberseguridad con una nota explicativa.

Encuesta del sector sobre el estado actual de la digitalización en los puertos y nuevos resultados sobre la estrategia general de la OMI sobre digitalización 

El Comité tomó nota de las conclusiones de una encuesta del sector sobre el estado actual de la digitalización en los puertos. Del total de encuestados, el 40% desconocía la normativa de la OMI en el Convenio de facilitación que obliga a utilizar sistemas de ventanilla única marítima en todo el mundo. En el 64 % de las escalas portuarias de los encuestados, las autoridades portuarias seguían exigiendo documentación en papel o una combinación de documentos en papel y en formato digital. Los encuestados destinaban una media de más de tres horas (191 minutos) preparando y presentando los documentos necesarios exigidos en cada escala portuaria concreta.

La encuesta indicaba la necesidad de sistemas digitales normalizados y armonizados en todos los puertos del mundo, dada la gran variedad de interfaces y documentación de escala portuaria entre los Estados Miembros, así como la falta de infraestructura informática en muchos buques que permitiera un intercambio de datos más eficaz con los puertos.

El Comité acordó continuar los debates sobre la elaboración de una estrategia general de la OMI sobre digitalización en el próximo periodo de sesiones en el marco de un nuevo resultado del FAL 49 (sujeto al referendo del Consejo), y las recomendaciones de la encuesta se debatirán en el marco del nuevo resultado sobre la estrategia de la OMI sobre de digitalización.

Nuevas directrices sobre los sistemas de la comunidad portuaria 

El Comité aprobó las nuevas directrices sobre los sistemas de la comunidad portuaria. Los sistemas de la comunidad portuaria sirven de instrumento complementario al sistema de ventanilla única marítima. Ambas son plataformas digitales de tecnología de la información que se utilizan para recopilar e intercambiar datos entre las partes interesadas, agilizar las operaciones y mejorar la competitividad. Los sistemas de la comunidad portuaria facilitan el intercambio de información entre las partes interesadas públicas y privadas que intervienen en las operaciones portuarias y de las terminales. 

Las directrices sobre los sistemas de la comunidad portuaria proporcionan un entendimiento mutuo de esos sistemas, su función dentro de la armonización, la normalización y la interoperabilidad, la interacción de los entornos de sistemas de la comunidad portuaria y de la ventanilla única, así como proporcionar consideraciones básicas para el desarrollo de los sistemas de la comunidad portuaria. 

Se aprueba una nueva versión del Manual explicativo del Convenio de facilitación

El Comité aprobó el Manual explicativo del Convenio de facilitación revisado. Este manual orienta sobre la interpretación del texto jurídico del Convenio de facilitación y sus disposiciones y ofrece ejemplos de buenas prácticas para la implantación de las normas internacionales y las prácticas recomendadas. El examen del manual comenzó después de que el Convenio de facilitación se adoptase en mayo de 2022

El Manual explicativo revisado incluye ahora orientaciones sobre las nuevas normas mundiales en materia de actividades ilícitas, corrupción marítima y respuesta a una emergencia de salud pública de importancia internacional, entre otras. También incluye orientaciones sobre las principales actualizaciones de las últimas enmiendas al Convenio de facilitación en materia de normas, así como prácticas recomendadas relacionadas con cuestiones como los polizones, la transmisión electrónica de datos entre puertos y buques, y diversos procedimientos relativos a la llegada y la salida de buques y pasajeros.

Nuevos resultados sobre los trabajadores esenciales; gestión de riesgos cibernéticos marítimos; tráfico de drogas; Directrices conjuntas FAL-LEG-MEPC-MSC sobre certificados electrónicos y actualización de las Directrices sobre los requisitos mínimos de formación y capacitación del personal de amarre

El Comité acordó incluir en el orden del día bienal correspondiente a 2024-2055 del Comité de facilitación y en el orden del día provisional del FAL 49 los siguientes resultados:

  • "Enmiendas al Convenio de facilitación para examinar las disposiciones relativas a los trabajadores esenciales durante una a emergencia de salud pública de importancia internacional, fijando 2026 como año de ultimación previsto. Su objetivo es revisar la definición de "trabajadores esenciales" y elaborar disposiciones adecuadas en el Convenio de facilitación, para garantizar el flujo del tráfico marítimo y proteger los derechos humanos durante cualquier crisis de salud pública, como una pandemia;

  • "Revisión de las Directrices sobre la gestión de los riesgos cibernéticos marítimos (MSC-FAL.1/Circ.3/Rev.2) e identificación de los próximos pasos para incrementar la ciberseguridad marítima", fijando 2025 como año de ultimación previsto;

  • "Elaboración de enmiendas a las "Directrices revisadas para la prevención y supresión del contrabando de drogas, sustancias sicotrópicas y productos químicos precursores en buques dedicados al transporte marítimo internacional (la última versión se publicó en 2007 en las resoluciones FAL.9(34) y MSC.228(82))", fijando 2027 como año de ultimación previsto;

  • "Elaboración de directrices conjuntas FAL-LEG-MEPC-MSC sobre los certificados electrónicos", fijando 2025 como año de ultimación previsto;

  • y actualización de las Directrices sobre los requisitos mínimos de formación y capacitación del personal de amarre (FAL.6/Circ.11/Rev.1).

***