Reunión interperiodos sobre la implantación uniforme de la regla 14.1.3 del Anexo VI del Convenio MARPOL (ISWG-AP 1), 9-13 julio 2018

Preparación para el límite de azufre de 2020: elaborado un proyecto de orientaciones

Un proyecto de orientaciones destinado a ayudar a los buques a planificar la implantación del límite de contenido de azufre en el fueloil que entrará en vigor el 1 de enero de 2020 fue elaborado durante la reunión interperiodos que tuvo lugar en la OMI del 9 al 13 de julio. El proyecto de orientaciones será presentado al próximo periodo de sesiones del Comité de protección del medio marino de la Organización, que se celebrará del 22 al 26 de octubre de 2018 (MEPC 73).

El proyecto de orientaciones forma parte de una serie de directrices que están siendo elaboradas por la OMI para garantizar la implantación uniforme de la regla del Convenio MARPOL que entrará en vigor el 1 de enero de 2020. Según esta regla, el contenido de azufre del fueloil utilizado a bordo de los buques tendrá que ser de 0.50% masa/masa, mientras que el límite que impera actualmente es de 3.50%. El límite seguirá siendo de 0.10% masa/masa en las zonas de control de emisiones, designadas por la OMI. Las zonas de control de emisiones actuales son las siguientes: la zona del mar Báltico, la zona del mar del Norte, la zona de Norteamérica (que abarca zonas costeras designadas en Estados Unidos y Canadá) y las zonas del mar Caribe de los Estados Unidos (alrededor de Puerto Rico y de las Islas Vírgenes de los Estados Unido).

Este nuevo límite con menor contenido de azufre reducirá significativamente la cantidad de óxidos de azufre que emanan de los buques, lo que repercutirá positivamente en el medio ambiente y en la salud humana, particularmente de las poblaciones cercanas a puertos y costas.

El proyecto de circular MEPC sobre Orientación para la elaboración de un plan de implantación del buque para la implantación uniforme del límite de azufre 0.50% en virtud del Anexo VI del Convenio MARPOL fue finalizado y se presentará directamente en el MEPC 73 para su aprobación y publicación lo antes posible. La orientación contendrá secciones sobre los siguientes aspectos:

·         medidas de mitigación y evaluación de los riesgos (efectos de los nuevos combustibles)

·         modificaciones en los sistemas de combustible líquidos y  limpieza de los tanques (si es necesario)

·         capacidad suficiente de combustible líquido y capacidad de segregación

·         suministro de fueloil reglamentario

·         plan de cambio del fueloil (del fueloil convencional al fueloil reglamentario de 0.50%)

·         documentación y presentación de informes.

El grupo acordó recomendar al MEPC 73 invitar al Comité de seguridad marítima (MSC 100) a examinar las conclusiones de dicha reunión sobre las implicaciones de seguridad relacionadas con el uso de fueloil con bajo contenido en carbono, y tomar medidas pertinentes, tomando nota de la iniciativa de las organizaciones del sector de elaborar orientaciones y posiblemente, material de formación.

La reunión interperiodos también realizó progresos en la elaboración de una amplia variedad de orientaciones sobre el impacto en los sistemas de combustible y de motores resultado de las nuevas mezclas o tipos de combustibles; cuestiones de verificación, mecanismo de control y medidas, incluida la supervisión por parte del Estado rector del puerto y las muestras de fueloil usadas a bordo; los modelos normalizados de notificación para la no disponibilidad del fueloil y las repercusiones en la seguridad de la opción de mezclar combustibles

Además, durante la reunión interperiodos también se elaboraró un proyecto de enmiendas al Anexo VI del Convenio MARPOL sobre las definiciones de "contenido de azufre", "bajo punto de inflamación"; el muestreo a bordo del fueloil y el procedimiento de prueba y verificación para las muestras de fueloil en uso.

También se realizaron progresos en la elaboración de un proyecto para actualizar las Directrices sobre la supervisión por el Estado rector del puerto en virtud del Anexo VI revisado del Convenio MARPOL, 2009" (resolución MEPC.181(59)) y las Directrices relativas al muestreo a bordo y a la verificación del contenido de azufre del fueloil utilizado a bordo de los buque (MEPC.1/Circ.864). Se continuará desarrollando esta labor durante el PPR 6 que se celebra en febrero en 2019.