Trigésima octava reunión consultiva y undécima reunión de las Partes Contratantes del Convenio y Protocolo de Londres, del 19 al 23 de septiembre de 2016
Los Gobiernos reafirman su compromiso de proteger el medio ambiente marino
Durante la reciente reunión de las Partes de los tratados que regulan el vertimiento de desechos en el mar, los Gobiernos han pedido más medidas para abordar el problema de la basura marina en los océanos, especialmente los plásticos y plásticos microscópicos que suponen una amenaza grave y duradera para el medio marino.
Las Partes, reunidas para la Trigésima octava reunión consultiva de las Partes Contratantes del Convenio de Londres 1972 y Undécima reunión de las Partes Contratantes del Protocolo de Londres 1996, manifestaron su preocupación en torno a la cuestión de las basuras y plásticos en el medio marino, aunque también reconocieron que se han producido avances significativos por varias Partes Contratantes en cuanto a señalar y abordar los problemas particulares de la contaminación de plásticos mediante medidas aplicadas tanto en el medio ambiente como en la fuente.
Se alentó a los Estados Miembros a que no escatimen ningún esfuerzo para combatir la basura marina, utilizando, entre otros medios, la identificación y el control de la basura marina en la fuente y a que alienten a la vigilancia, el estudio adicional y el intercambio de conocimientos sobre este asunto. El texto completo ser encuentra aquí (en ingles).
El Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, en sus reglas relativas a la basura, y el Protocolo de 1996 relativo al Convenio de Londres 1972 prohíben tirar plásticos en el mar. Varios países han adoptado medidas para reducir la utilización de plástico y para abordar el problema de micropartículas y microplásticos que penetran en el medio marino.
Sin embargo, era necesario proseguir con la labor, especialmente las labores divulgativas y de investigación. El recientemente publicado Examen del estado actual de los conocimientos sobre la basura marina de los desechos vertidos en el mar en el marco del Convenio y el Protocolo de Londres, por ejemplo, toma nota de que es muy difícil determinar las fuentes de basura marina presentes en los materiales de dragado. La mayoría de los permisos para el vertimiento de desechos en el mar se refieren a los materiales de dragado.
Se mantiene la prohibición del vertimiento de desechos radiactivos tras completarse el estudio científico de 25 años
La reunión completó el estudio científico de 25 años relativo a todos los desechos radiactivos y otras materias radioactivas. Dicho estudio es un requerimiento de los tratados que prohíben el vertimiento de desechos radiactivos en el mar.
Tras considerar las conclusiones del estudio, la reunión acordó que la prescripción del mismo se había cumplido, y confirmó el compromiso de 1994 para mantener en vigor la prohibición del vertimiento de desechos radiactivos en el mar, con el fin de garantizar la protección del medio marino para las generaciones futuras.
La prohibición del vertimiento de desechos radiactivos existe en virtud de las enmiendas al Convenio de Londres, adoptado en 1993, pero tanto el Convenio como el Protocolo de Londres conceden el vertimiento de ciertos materiales permitidos a condición de que no contengan niveles de radiactividad mayores que las concentraciones mínimas definidas por el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA). Se exigió que en un plazo de 25 años a partir del 20 de febrero de 1994 (fecha de la entrada en vigor de las enmiendas de 1993 al Convenio de Londres), y después a intervalos de 25 años, las Partes Contratantes realizasen un estudio científico relativo a todos los desechos radiactivos y otras materias radiactivas que no sean desechos o materias de alta actividad.
Plan estratégico adoptado
La reunión adoptó un nuevo Plan estratégico para el Convenio y el Protocolo de Londres, en el que se establecen los principios estratégicos y los objetivos para las Partes Contratantes hasta 2030, coincidiendo con la agenda de 2030 para el desarrollo sostenible.
El Plan estratégico tiene por objeto garantizar que el Convenio y el Protocolo de Londres son, y seguirán siendo proactivos, en constante evolución y con visión de futuro. El Plan también establece el compromiso de garantizar que en un futuro inmediato se logre una membresía verdaderamente universal.
Directrices específicas revisadas para la evaluación de buques
La reunión aprobó las Directrices específicas revisadas para la evaluación de buques, además de actualizar este documento y armonizarlo con las disposiciones pertinentes del Convenio de Hong Kong sobre el reciclaje de buques y, por consiguiente, garantizar un marco más moderno y completo respecto al hundimiento de buques.
Aprobadas las Orientaciones sobre la vigilancia del cumplimiento de bajo costo y baja tecnología
La reunión aprobó las Orientaciones sobre la vigilancia del cumplimiento de bajo costo y baja tecnología, que facilita información práctica sobre la aplicación de enfoques de bajo costo y baja tecnología que resulten útiles para la vigilancia del cumplimiento de las condiciones de los permisos relacionados con la evacuación de materiales de desecho y otras materias en el mar. Los principales destinatarios de estas orientaciones son los países que están empezando a elaborar medidas relativas a la evaluación y la vigilancia de los desechos, junto con programas de permisos para la evacuación de desechos y otros materiales en el mar.