Cuadragésima sexta Reunión consultiva de las Partes Contratantes del Convenio de Londres y de la decimonovena Reunión de las Partes Contratantes del Protocolo de Londres (LC 46/LP 19)
La cuadragésima sexta Reunión consultiva de las Partes Contratantes del Convenio de Londres y de la decimonovena Reunión de las Partes Contratantes del Protocolo de Londres (LC 46/LP 19) se celebraron en la sede de la Organización Marítima Internacional (OMI), del 28 de octubre al 1 de noviembre de 2024.
Geoingeniería marina: un enfoque de precaución
Las partes de los tratados que regulan el vertimiento de desechos y otras materias en el mar han proseguido sus debates sobre las técnicas de geoingeniería marina y han emitido una nueva declaración sobre la geoingeniería marina, señalando aún más su determinación de garantizar que la protección del medio marino sea prioritaria a la hora de considerar medidas de mitigación del cambio climático basadas en los océanos.
La labor futura identificada incluye un mayor análisis legal y técnico de las técnicas de geoingeniería marina, con cuatro técnicas prioritarias: aumento de la alcalinidad oceánica; el hundimiento oceánico de biomasa para el almacenamiento de carbono; el aumento del albedo de la superficie marina con materiales reflectantes; y el blanqueo de nubes marinas.
Los órganos rectores del LC/LP han dado prioridad a refinar las definiciones de trabajo de cada una de las cuatro técnicas prioritarias con el objetivo de solicitar su aprobación durante la Reunión de las Partes de 2025.
Las Partes siguen evaluando las opciones para las medidas, incluida la aplicabilidad de los marcos existentes del Convenio y el Protocolo de Londres y una posible regla adicional. Las Partes también han señalado la necesidad de mantener la coordinación con otras entidades internacionales tanto para fomentar el intercambio de información como para aclarar las funciones de estas entidades en la gobernanza de la geoingeniería marina.
La reunión de 2024 encargó al Grupo de trabajo por correspondencia sobre geoingeniería marina constituido por los Grupos científicos y al Grupo de trabajo por correspondencia interperiodos jurídico que siguiera sus labores en el lapso interperiodos e informara en la próxima reunión.
La reunión también acordó establecer una lista de expertos internacionales independientes administrada por la Secretaría del Convenio y el Protocolo de Londres. El propósito de la lista es proporcionar a las Partes expertos capaces de asesorar sobre la evaluación de las actividades de geoingeniería marina.
Aumentar el número de ratificaciones del Protocolo de Londres
El Protocolo de Londres cuenta actualmente con 55 Partes. Todavía no han entrado en vigor importantes enmiendas, como la enmienda de 2009 relativa a la exportación de flujos de CO2 para su evacuación y la enmienda de 2013 para establecer un mecanismo de control reglamentario con base científica, mundial, transparente y eficaz para la geoingeniería marina.
El Convenio de Londres cuenta con 87 Partes. El Protocolo de Londres, con su enfoque de precaución, está destinado a, con el tiempo, sustituir al Convenio.
La reunión acordó crear un Grupo de trabajo por correspondencia interperiodos para estudiar cómo aumentar el número de ratificaciones del Protocolo de Londres y sus enmiendas. Se encargó al grupo que elaborara un "Inventario de medidas actuales" ya emprendidas en este sentido, analizara los motivos de la no ratificación y propusiera medidas concretas para aumentar el número de ratificaciones.
Obstáculos para el cumplimiento
La Secretaría del Convenio y el Protocolo de Londres y las Partes han estado trabajando para hacer frente a las barreras que impiden el cumplimiento del régimen del tratado, a través de una serie de actividades de asistencia técnica y de creación de capacidad. Esta labor está supervisada por el Grupo coordinador del Proyecto sobre los obstáculos para el cumplimiento. La reunión aprobó un programa de trabajo interperiodos modificado para el Grupo, para el periodo 2024-2025.
La labor incluye la elaboración de guías, incluida una "guía práctica" en la que se esboza información básica sobre cómo cumplir las prescripciones del régimen LC/LP, y la revisión del próximo curso de aprendizaje electrónico sobre el Protocolo de Londres, que se está elaborando actualmente en cooperación con la UMM.
Secuestro de CO2 en las formaciones geológicas del subfondo marino
El Convenio y el Protocolo de Londres son los instrumentos normativos internacionales más avanzados en materia de captura y secuestro de carbono en formaciones geológicas submarinas.
La reunión tomó nota de los avances logrados respecto de la ratificación de la enmienda de 2009 al artículo 6 del Protocolo de Londres relativa a la exportación de desechos para su evacuación, cuyo propósito es permitir a las Partes compartir las formaciones geológicas del subfondo marino transfronterizas a efectos de proyectos de secuestro. Hasta la fecha, doce Estados han aceptado la enmienda de 2009, y se anima a otros a que lo hagan lo antes posible.
Tras la adopción de la resolución de 2019 para permitir la aplicación provisional de la enmienda al artículo 6 (resolución LP.5(14), nueve Gobiernos habían depositado declaraciones de aplicación provisional.
La reunión refrendó la decisión de los Grupos científicos de volver a constituir un grupo de trabajo por correspondencia sobre las experiencias con respecto a las Directrices para la evaluación de los flujos de dióxido de carbono para seguir recabando información sobre la experiencia adquirida con el examen o la aplicación de las Directrices. El Grupo de trabajo por correspondencia deberá presentar un informe en la próxima reunión de los Grupos científicos en 2025.
Basura y los microplásticos en el medio marino
La reunión tomó nota de la labor en curso sobre la basura y los microplásticos en el medio marino en los Grupos científicos y recibió información actualizada sobre la elaboración de un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre la contaminación por plásticos, también en el medio marino; el estado de las medidas del Plan de acción de la OMI para abordar el problema de la basura plástica marina procedente de los buques; y los progresos realizados por el Grupo de trabajo 43 del GESAMP, que investiga las fuentes marinas de la basura marina.
Hundimiento de los buques de fibra de vidrio
La reunión tomó nota de la labor en curso de los Grupos científicos sobre la gestión del fin de servicio de los buques de fibra de vidrio y aprobó la decisión de los Grupos de que la labor del lapso interperiodos sobre el proyecto de orientación y las alternativas a la eliminación en el mar debe continuar, para permitir que se revise el texto; se armonice con el informe definitivo del GT 43 del GESAMP; y se tengan en cuenta las aportaciones de los PEID. Se pidió a la Secretaría que se pusiera en contacto con las Administraciones de los PEID para recabar información acerca del proyecto de orientaciones sobre la gestión del fin de la vida útil de los buques de PRF y las alternativas a su hundimiento en el mar. El proyecto definitivo de orientaciones se espera para 2025.
Echazón de materiales desechados durante el lanzamiento de vehículos espaciales
La Secretaría del LC/LP ha estado en contacto con la Oficina de Asuntos del Espacio Ultraterrestre de las Naciones Unidas (UNOOSA) y la Comisión sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos (COPUOS) de las Naciones Unidas en asuntos relacionados con los materiales desechados durante el lanzamiento de vehículos espaciales.
La reunión de los órganos rectores tomó nota de las actulizaciones y encargaron a la Secretaría que prosiguiera sus actividades de divulgación sobre esta cuestión, en particular con las organizaciones regionales pertinentes tales como OSPAR, así como UNOOSA, y COPUOS e informara según procediera.
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