Comité de seguridad marítima (MSC), 95º periodo de sesiones, 3 a 12 de junio de 2015

Adopción del Código IGF

 El MSC adoptó el Código internacional de seguridad para los buques que utilicen gases u otros combustibles de bajo punto de inflamación (Código IGF), junto con los proyectos de enmienda al Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (Convenio SOLAS) para conferir carácter obligatorio a este código.

El uso de gas como combustible, especialmente el gas natural licuado, se ha extendido en los últimos años al ser un combustible con menos emisiones de SOx y de materias particuladas que otros, como el diésel o el fueloil marino.  Sin embargo, usar gas y otros combustibles de bajo punto de inflamación plantea otros problemas en lo concerniente a la seguridad. El Código IGF tiene como objetivo minimizar el riesgo para el buque, su tripulación y el medio ambiente, teniendo en cuenta la naturaleza de los combustibles usados.

Los proyectos de enmienda al Capítulo II-1 del SOLAS "Construcción - Estructura, compartimentado y estabilidad, instalaciones de máquinas e instalaciones eléctricas" en su Parte F: "Proyectos y disposiciones alternativos",  para proporcionar una metodología para los proyectos y disposiciones alternativos para maquinaria,  instalaciones eléctricas y sistemas de almacenamiento y distribución de combustibles de bajo punto de inflamación. También se añade una enmienda a la Parte G: "Buques que utilicen combustibles de bajo punto de inflamación" para incorporar nuevas reglas que exijan que los buques construidos después de la fecha de entrada de vigor del Código (1 de enero de 2017)  cumplan los requerimientos del Código IGF, junto con las enmiendas correspondientes al Capítulo II-2 y Apéndices (Certificados).      

El Código IGF establecerá prescripciones de carácter obligatorio para la disposición, instalación, control y vigilancia de maquinaria, equipo y sistemas que consumen combustibles de bajo punto de inflamación, centrándose inicialmente en el gas natural licuado.

El Código aborda todas las áreas que requieren especial consideración en cuanto al uso de este tipo de combustible, con un enfoque basado en objetivos, y con requerimientos y metas funcionales específicas para cada sección relativa al proyecto, construcción y operación de los buques.

El MSC también adoptó enmiendas al Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar (Convenio de Formación) y al Código de Formación con el fin de incluir nuevos requisitos obligatorios para la formación y la titulación de capitanes, oficiales, marineros y otro personal en buques sujetos al Código IGF. Las enmiendas también entrarán en vigor el 1 de enero de 2017, en línea con las enmiendas del SOLAS relacionadas con el Código IGF.

 

Adoptadas enmiendas sobre los sistemas de respiración

El MSC adoptó enmiendas a las reglas del Convenio SOLAS II-2/4.5 y II-2/11.6,  aclarando las disposiciones relativas a los medios secundarios de respiración de los tanques de carga para garantizar la debida seguridad para impedir la sobrepresión o la subpresión en caso de que una válvula de aislamiento esté dañada o haya sido inadvertidamente cerrada; y a la regla  II-2/20 sobre el funcionamiento de los sistemas de ventilación. La fecha de entrada en vigor prevista es el 1 de enero de 2017.

 

Adoptado el Código IMSBC y aprobado material de orientación

Se han adoptado enmiendas al Código marítimo internacional de cargas sólidas a granel. Las enmiendas incluyen las mejoras de las disposiciones acerca de concentrados y otras cargas que pueden licuarse; enmiendas a las disposiciones para buques especialmente construidos para la limitación del corrimiento de la carga; y la adición de nuevos calendarios individuales, como el calendario revisado de finos de mineral de hierro, entre otros.

Además el MSC aprobó el siguiente material de orientación:

- MSC.1/Circ.1453/Rev.1  Directrices sobre la presentación de información y la cumplimentación del modelo a utilizar para las propiedades de las cargas no incluidas en el código marítimo internacional de cargas sólidas a granel (código IMSBC) y sus condiciones de transporte.

- MSC.1/Circ.1454/Rev.1 Directrices para elaborar y aprobar procedimientos de muestreo, ensayo y control del contenido de humedad de las cargas sólidas a granel que pueden licuarse.

 

Migración mixta en condiciones peligrosas por mar

En su sesión especial sobre el tema (9 de junio), el MSC acordó que se requiere actuar urgentemente para evitar la pérdida de un número considerable de vidas humanas dado el aumento previsto de migración mixta en condiciones peligrosas por mar. El Comité subrayó la necesidad de que la comunidad internacional preste una mayor atención a la migración en estas condiciones mediante el uso de rutas de migración regulares y seguras, y tomando medidas contra criminales y traficantes de personas.

El MSC también invitó al Subcomité de navegación, comunicaciones y búsqueda y salvamento (NCSR) para revisar las directrices elaboradas por la industria  tituladas "Operaciones de rescate a grande escala: directrices para asegurar la protección y seguridad de marinos y personas rescatadas", con vistas a promulgarlas como una circular de la OMI.

El MSC distribuyó una propuesta revisada de formato de informe de las bases de datos conjuntas desarrolladas por la OMI, la Organización Internacional de las Migraciones (OIM) y la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC ) sobre los sucesos relacionados con la migración y sobre los presuntos contrabandistas y los buques sospechosos al Comité de facilitación para su examen.


Seguridad de buques de pasaje: aprobado un proyecto de enmienda al SOLAS sobre el análisis del plan de evacuación

Como parte del trabajo en curso sobre la seguridad de los buques de pasaje, el MSC aprobó el  proyecto de enmienda a la regla II-2/13 para extender el análisis de evacuación del buque a los buques de pasajes y no sólo a los buques de cargar rodada, como hasta ahora.

También se aprobó el proyecto de enmienda a la regla II-1/22 sobre puertas estancas para aclarar en qué casos las puertas estancas pueden ser abiertas durante un viaje.

Igualmente, fueron aprobadas las  "Orientaciones sobre las puertas estancas de los buques de pasaje que pueden abrirse durante la navegación", que incluye los apéndices: procedimiento para determinar el efecto de las puertas estancas abiertas en la conservación de la flotabilidad de los buques de pasaje (evaluación de la flotabilidad); normas técnicas relativas a las puertas estancas en los buques de pasaje; diagrama de flujo orientaciones para permitir que las puertas estancas de los buques de pasaje permanezcan abiertas durante la navegación; ilustración de la aplicación, en las orientaciones, de la evaluación de la flotabilidad en condiciones potencialmente peligrosas

El plan de acción a largo plazo fue actualizado para incluir la consideración de medidas de clinómetro en todos los registradores de datos de la travesía; el desarrollo de criterios de evaluación más detallados para las agencias de empleo y el desarrollo de directrices para asignar a la tripulación formada a las tareas de emergencia; así como el desarrollo de directrices para la evaluación de riesgos integral, la planificación de la travesía y el control de la posición, la gestión de los recursos del puente efectiva y la eliminación de distracciones.

 

Asuntos de seguridad cibernética en el MSC 96 y FAL 40

El MSC consideró una serie de presentaciones relacionadas con la seguridad cibernética, acordando que es un asunto importante y de actualidad. El MSC señaló que la mesa redonda del sector del transporte marítimo (incluyendo la Cruise Lines Industry Association (CLIA)), estaba elaborando unas directrices sobre seguridad cibernética a bordo de buques, para ser presentada en el próximo Comité de facilitación  (FAL 40) y MSC 96 en 2016. El Comité urgió a los Estados Miembros y organizaciones internacionales a colaborar en propuestas sobre orientación en seguridad cibernética marítima y presentarlos en la siguiente sesión.


Circular sobre la definición de zona de alto riesgo de piratería acordada

Una circular sobre las Mejores prácticas de gestión para la protección contra la piratería con base en Somalia (BMP) fue aprobada, haciendo un llamamiento a los autores para que enmienden las coordenadas de la Zona de alto riesgo definida en las BMP 4 (promulgada como MSC.1/Circ.1339), en línea con la propuesta de Egipto para eliminar el golfo de Suez y el Mar Rojo de la definición de Zona de alto riesgo. La circular apunta que la Zona de alto riesgo definida en las BMP es susceptible de cambiar debido a los cambios en las actuales circunstancias de la amenaza. Actualmente, para el propósito de la BMP, la Zona de alto riesgo has sido delimitada como el área delimitada por Suez y el norte del estrecho de Hormuz, 10°S y 78°E.

El MSC también aprobó las Recomendaciones provisionales revisadas para los estados de abanderamiento con respecto al empleo de personal privado de protección armada a bordo en la zona de alto riesgo (para  actualizar la Circular  MSC.1/Circ.1406/Rev.2) con vistas a recomendar a las compañías privadas de protección marítima que emplean personal privado de protección armada a bordo de los buques que lleven consigo certificaciones válidas de la ISO 28007-1:2015.

 

Medidas de organización del tráfico marítimo

El MSC adoptó nuevas medidas de organización del tráfico marítimo encaminadas a proteger las zonas especialmente sensibles en el Mar de Coral, en las cercanías de Australia, en relación con una propuesta de extender la zona marina especialmente sensible (ZMES) de la Gran Barrera de Coral y el estrecho de Torres, incluida un "zona a evitar" y dos nuevas rutas de doble sentido de cinco millas marinas de ancho, así como la adopción de cinco zonas a evitar recomendadas en la región de las Islas Aleutianas de Alaska.  Las nuevas medidas se aplicarán el 1 de enero de 2016 a las 00:00 horas UTC.

 

Aprobación de enmiendas para su futura adopción

El MSC aprobó la siguiente, para su adopción en un futuro período de sesiones:

• enmienda a las partes  del Convenio de Formación y a las partes A y B del Código de Formación sobre los requisitos revisados de formación para capitanes y oficiales de puente en buques que operan en aguas polares.

• enmiendas al capítulo 8 al Código internacional de sistemas de seguridad contra incendios (Código SSCI) sobre la prevención de corrosión interna y obstrucciones de rociadores y el nuevo proyecto de capítulo 17 de dicho Código, que incluye prescripciones obligatorias relativas a los dispositivos de lucha contra incendios a base de espuma de las instalaciones para helicópteros.

El MSC adoptó un plan de trabajo para trabajo continuado en el enfoque del nivel de seguridad de las normas basadas en objetivos (GBS-SLA), que se desarrollará en las tres próximas sesiones. Se considerará el resultado del desarrollo de disposiciones funcionales para el capítulo III del SOLAS  (Dispositivos de salvamento) por el Subcomité de sistemas y equipo de buque (SSE). También se avanzó en la sesión en el desarrollo del proyecto de Directrices provisionales para la aplicación del enfoque del nivel de seguridad de las normas basadas. Asimismo, el MSC invitó a los Estados Miembros y organizaciones internacionales a aportar comentarios y propuestas sobre este documento en el próximo periodo de sesiones.

El MSC aprobó la MSC.1/Circ.1394/Rev.1 sobre las Directrices genéricas para elaborar normas de la OMI basadas en objetivos (GBS). Estas directrices revisadas especifican la estructura y el contenido de requisitos funcionales para ser utilizado en normas basadas en objetivos (GBS) y dar ejemplos.  Las directrices también describen el proceso de desarrollo, verificación, implementación y monitoreo para apoyar el desarrollo normativo GBS dentro de la OMI. Las GBS se definen como estándares y procedimientos de alto nivel y que deben cumplirse a través de reglas, reglas  y estándares para los buques. Las  GBS se componen de al menos uno de los objetivos, los requerimientos funcionales asociados con ese objetivo y la verificación de la conformidad que las normas o reglamentos cumplen los requisitos funcionales incluyendo los objetivos.

El Comité señaló que, a finales de marzo de 2015,  los cinco equipos de auditoría de verificación habían entregado sus informes, incluidos 13 Informes provisionales de organizaciones reconocidas;  y dos informes provisionales en los paquetes comunes de la Asociación Internacional de Sociedades de Clasificación. Los cinco equipos de auditoría presentarán sus informes finales ante el Secretario General y las organizaciones reconocidas relevantes al final de junio de 2015. El Secretariado presentará estos informes al MSC para su aprobación.


Directrices y circulares aprobadas

El MSC aprobó una serie de circulares, dando orientación y directrices:

- Directrices sobre la garantía de calidad del soporte lógico y el proyecto centrado en las personas para la navegación-e;

- enmienda para actualizar las normas de funcionamiento del sistema de identificación y seguimiento de largo alcance (LRIT) de los buques y las circulares conexas, con objeto de mejorar el funcionamiento del sistema LRIT;

- SIVCE: Orientaciones sobre buenas prácticas relativas;

- directrices del proyecto y recomendaciones operacionales revisadas para los sistemas de ventilación de los espacios de carga rodada; y

- enmiendas a las Directrices revisadas para el mantenimiento y la inspección de los sistemas y dispositivos de protección contra incendios (MSC.1/Circ.1432).

 

Traslado de personal industrial: normas para desarrollar

El MSC acordó instruir al Subcomité de proyecto y construcción de buque (SDC) para desarrollar un instrumento obligatorio y/o disposiciones a las normas de seguridad para el transporte de más de 12 personal industrial a bordo de buques dedicados a viajes internacionales.

 

Normas para nuevos dispositivos de izada y chigres de a bordo

El MSC convino que unas nuevas reglas basadas en objetivos y funciones deberán ser desarrolladas para el proyecto, construcción e instalación  de nuevos dispositivos de izada y chigres de a bordo "de acuerdo con los códigos y normas aceptables para la Organización" o "de forma satisfactoria para la Organización"; y mantenidas en consonancia con las directrices para la seguridad de los dispositivos de izada y chigres de a bordo que serán desarrolladas por la OMI. El Comité de sistemas y equipo del buque (SSE) fue instruido a continuar con su labor en esta dirección.

 

Reunión en noviembre del  Grupo de trabajo OMI/FAO/OIT sobre la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada

Se acordó que la OMI acogerá la tercera reunión de este grupo de trabajo en su sede de Londres, del 16 al 18 de noviembre.