Subcomité de navegación, comunicaciones y búsqueda y salvamento (Subcomité NCSR), 6º periodo de sesiones, del 16 al 25 de enero de 2019

El Subcomité continuó su labor de apoyo a la mejora de la seguridad marítima, uno de los objetivos clave de la OMI, a través de la implantación de medidas efectivas para la navegación segura, la fiabilidad de las comunicaciones y la mejora de la coordinación de las operaciones de búsqueda y salvamento (SAR). Las operaciones SAR juegan un papel importante tanto para evitar accidentes marítimos como para garantizar una respuesta rápida y eficiente, en caso de un incidente de búsqueda y rescate.

 

Equipos de comunicaciones y navegación en aguas polares

El proyecto de orientaciones para el equipo de navegación y de comunicaciones destinado a ser utilizado en los buques que operen en aguas polares fue finalizado y se presentará al Comité de seguridad marítima (MSC) para su aprobación. Las orientaciones incluyen recomendaciones sobre pruebas de impacto mecánico y temperatura, así como recomendaciones para abordar la acumulación de hielo y el funcionamiento de las baterías a temperaturas frías.

Estas orientaciones se convertirán en una importante herramienta para la implantación del Código polar, de carácter obligatorio. El Código polar de la OMI ayuda a garantizar que los buques que operan en las zonas árticas y antárticas toman en cuenta las temperaturas extremas y que el equipo crítico sigue funcionando en esas condiciones.  

 

Nuevos dispositivos de separación del tráfico

El Subcomité aprobó el establecimiento de dispositivos de separación del tráfico (DST) y medidas conexas y de una zona de precaución con direcciones recomendadas del tráfico en el estrecho de Sunda y en el estrecho de Lombok (Indonesia).

Las medidas de organización del tráfico serán enviadas al Comité de seguridad marítima (MSC 101) en junio para su adopción. Se prevé que sean implantadas un año a partir de su adopción.  

El Subcomité también acordó el procedimiento para la presentación de documentos que contengan propuestas para el establecimiento o la modificación de sistemas de organización del tráfico marítimo o de sistemas de notificación para buques, para su aprobación por el MSC 101.

 

Continúa la labor sobre la navegación-e

El Subcomité continuó su labor sobre asuntos relacionados con navegación-e. A medida que la actividad naviera avanza hacia el mundo digital, se espera que mediante la navegación-e se proporcionen información e infraestructura digitales en pro de la seguridad y la protección marítimas así como la protección del medio marino, reduciendo así la carga administrativa e incrementando la eficiencia del comercio y el transporte marítimos. La navegación-e se define como la recopilación, integración, intercambio, presentación y análisis armonizados de la información marítima a bordo y en tierra por medios electrónicos para mejorar la navegación de punto de atraque a punto de atraque y los servicios conexos, en pos de la seguridad y la protección marítimas y la protección del medio marino.

El Plan de implantación de la estrategia de navegación-e fue aprobado por el MSC 99 en mayo 2018. MSC.1/Circ.1595. 

El Subcomité:

  • Acordó un proyecto de circular MSC sobre directrices para la normalización del diseño de la interfaz de usuario para el equipo náutico. El objetivo es proponer la mejora de la normalización de la interfaz de usuario y la información que utiliza la gente de mar para vigilar, gestionar y ejecutar las tareas de navegación, con miras a potenciar la concienciación de la situación y la eficacia de la navegación. Estas directrices (incluidos los iconos) se aplican a los sistemas integrados de navegación (SIN), a los sistemas de información y visualización de cartas electrónicas (SIVCE) y al equipo de radar. También podrán aplicarse a otros equipos electrónicos de navegación, y a los sensores de navegación, si procede, para una mayor normalización y usabilidad.
  • Acordó el proyecto de enmiendas a las Normas de funcionamiento de la OMI para la presentación de información náutica en las pantallas de navegación de a bordo (resolución MSC.191(79)), incluidas las fechas de implantación para el equipo de radar, los sistemas de información y visualización de cartas electrónicas (SIVCE) y los sistemas integrados de navegación (SIN). La fecha de implantación para la norma revisada debería ser el 1 de enero de 2024; y para otras para otras pantallas de navegación del puente de los buques, la fecha de implantación debería ser el 1 de julio de 2025.
     
  • Finalizó el proyecto SN.1/Circ.243/Rev.2 para actualizar las Directrices para la presentación de símbolos, términos y abreviaturas náuticos, que facilitan orientación sobre el empleo apropiado de los símbolos náuticos para obtener una presentación armonizada y coherente.

  • Acordó un proyecto de resolución MSC sobre las orientaciones sobre la definición y armonización del formato y la estructura de los servicios marítimos en el contexto de la navegación-e. El propósito de estas orientaciones es garantizar que los servicios marítimos se implantan en el ámbito internacional en un formato normalizado y armonizado. Todos los  servicios marítimos cumplen con lo dispuesto en la norma del marco S-100 de la Organización Hidrográfica Internacional (OHI), que especifica el método para la elaboración de modelos y de especificaciones de producto.  

  • Aceptó el proyecto de circular MSC sobre descripciones iniciales de los servicios marítimos en el contexto de la navegación-e. La circular incluye lo que se pretende que sea el primer borrador de las descripciones del Servicio Marítimo y es una contribución inicial para la armonización de su formato y estructura. Se espera que las descripciones iniciales se actualicen periódicamente, teniendo en cuenta los desarrollos y el trabajo relacionado con la armonización.

Atendiendo a la solicitud de varias delegaciones de que la OMI participe de forma más activa en el proceso de armonización de los servicios marítimos, ejerciendo así su función de líder, el Subcomité acordó que la OMI trabajaría  en colaboración con otros Estados Miembros y en asociación con otras organizaciones internacionales, para seguir desarrollando la definición y armonización del formato y la estructura de los servicios marítimos en el contexto de la navegación-e (incluidos los servicios de tráfico marítimo (STM), los servicios de información, los servicios de información sobre seguridad, la notificación buque-tierra, la navegación polar, la búsqueda y salvamento, servicios de practicaje y remolque, asistencia telemédica, información meteorológica e hidrográfica, etc.  

 

Servicios de información sobre seguridad y servicios marítimos

La información sobre seguridad marítima (ISM) incluye avisos náuticos y meteorológicos, los pronósticos meteorológicos y otros mensajes de transmisión urgente relacionados con la seguridad de los buques.

Las enmiendas al Convenio SOLAS adoptadas en 2018 (que entrarán en vigor el 1 de enero de 2020) disponen que los servicios móviles por satélite reconocidos por la OMI en el Sistema mundial de socorro y seguridad marítimos (SMSSM)

En este contexto, el Subcomité aprobó el proyecto de enmiendas a los siguientes instrumentos relacionados con la ISM de forma que se incluyan estas novedades, para que entre en vigor el 1 de enero de 2020:

  • Manual del servicio internacional SafetyNET (MSC.1/Circ.1364/Rev.1).
  • Difusión de información sobre seguridad marítima" (resolución A.705(17)), enmendada.
  • Servicio mundial de radioavisos náuticos (resolución A.706(17)), enmendada.
  • Documento orientativo sobre el Servicio mundial de información y avisos meteorológicos y oceanográficos de la OMI y la OMM" (resolución A.1051(27))

El Subcomité también finalizó las orientaciones provisionales sobre las prescripciones técnicas de los receptores de llamada intensificada a grupos Fleet Safety para las estaciones terrenas móviles que satisfacen las prescripciones del Convenio SOLAS.

 

Normas de funcionamiento de las radiobalizas de localización de siniestros (RLS)

El Subcomité finalizó el proyecto de normas de funcionamiento de las radiobalizad de localización de siniestros autozafables (RLS) de 406 MH, que se ha propuesto para su aplicación en este tipo de RLS instalados en o después de tres años a partir de la fecha de su adopción por MSC 101 en junio de 2019. Las normas de funcionamiento incluyen, entre otros, prescripciones para que los RLS estén provistos de una señal de localización del sistema de identificación automática y refundir las normas de funcionamiento y las disposiciones sobre homologación en un instrumento.

  

Actualizadas las Directrices sobre el Registrador de datos de la travesía (RDT)

Se acordó el proyecto de enmiendas a las Directrices para la prueba anual de funcionamiento de los registradores de datos de la travesía (RDT) y de los registradores de datos de la travesía simplificados (RDT-S) (MSC.1/Circ.1222), clarificando el examen de las cápsulas autozafables aprobadas de conformidad con la resolución MSC.333(90).


Declaraciones de coordinación de la OMI a la UIT

El Subcomité acordó el proyecto de declaraciones a la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT):

  • Revisión de la Recomendación UIT-R M.1371-5: "Características técnicas de un sistema de identificación automático mediante acceso múltiple por división en el tiempo en la banda de ondas métricas del servicio móvil marítimo.
  • Dispositivos autónomos de radiocomunicaciones marítimas y las identidades en el servicio móvil marítimo.
  • Criterios de protección para los sistemas aeronáuticos y marítimos.
  • Transmisión de las radiobalizas de localización de siniestros (RLS).
  • Prescripciones relativas a la gestión inteligente de los servicios de suministro en los puertos inteligentes.

 

Postura de la OMI para la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2019 (CMR-15)

El Subcomité aprobó el proyecto de postura de la OMI sobre cuestiones de radiocomunicaciones marítimas para presentarlo a la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones 2019 (CMR-19), que se celebrará en noviembre de 2019. El CMR rexamina y, si es necesario, revisa el Reglamento de Radiocomunicaciones, el tratado internacional que rige el uso del espectro de radiofrecuencias y las órbitas de satélites geoestacionarios y satélites no geoestacionarios. Esto incluye el espectro de radiofrecuencia que se utilizará para los servicios de comunicación y navegación. La disponibilidad de partes del espectro radioeléctrico libres de interferencias, dedicadas a radiocomunicaciones marítimas y radionavegación, es esencial para garantizar la seguridad y la protección del transporte marítimo.

 

Actualización del SMSSM

El Subcomité continuó la labor en curso para modernizar el sistema mundial de socorro y seguridad marítimos (SMSSM). El SMSSM obligatorio se adoptó en 1988 para garantizar la plena integración de las comunicaciones por radio y satélite marítimas, de modo que se puedan generar alertas de socorro desde cualquier lugar de los océanos del mundo. El plan de modernización apunta a actualizar las disposiciones, lo que incluye la incorporación de nuevos servicios de comunicación por

El objetivo es desarrollar un conjunto de proyectos de enmiendas a los capítulos III y IV del Convenio internacional para la seguridad de la vida en el mar (SOLAS), para su adopción en 2022 con entrada en vigor en 2024. También habrá enmiendas consiguientes a otros instrumentos, tales como normas de orientación y funcionamiento.

El Subcomité acordó, en principio, redactar enmiendas a los capítulos III y IV del Convenio SOLAS, y continuó su labor sobre las modificaciones consiguientes a otros instrumentos. Se estableció un grupo por correspondencia para continuar el trabajo entre sesiones.

 

Cuestiones de búsqueda y salvamento (SAR)

El Subcomité validó el curso modelo revisado 3.14 "Coordinador de misiones de búsqueda y salvamento (Volumen II del Manual IAMSAR)" y aprobó la circular SAR.7 revisada sobre la "Lista de documentos y publicaciones que deberían tener los centros coordinadores de salvamento marítimos o conjuntos".

El Subcomité también inició un examen de los cursos modelo 3.13 "Administración SAR (volumen I del Manual IAMSAR)" y 3.15 "Coordinador en el lugar del siniestro de misiones de búsqueda y salvamento (volumen III del Manual IAMSAR)".

 

Normas de funcionamiento y prescripciones funcionales revisadas para la identificación y seguimiento de largo alcance de los buques (LRIT)

El Subcomité examinó asuntos relacionados con el funcionamiento y la utilización del sistema LRIT y examinó el informe anual del coordinador de LRIT, la Organización Internacional de Telecomunicaciones Móviles por Satélite (IMSO).

El sistema LRIT se adoptó en 2006 mediante enmiendas al Convenio SOLAS, para permitir a los Gobiernos Contratantes llevar a cabo la identificación y el seguimiento de largo alcance de los buques.

Casi una década después de que un DC enviara el primer mensaje de notificación periódica de la situación el 1 de julio de 2009 a las 00:01:34 UTC, el sistema LRIT se ha convertido en una importante herramienta mundial de apoyo a los esfuerzos internacionales para incrementar la protección marítima, la seguridad de la navegación, la protección del medio marino y para mejorar las operaciones de búsqueda y salvamento en el mar. IMSO informó que el sistema LRIT ofrece a los usuarios acceso a información LRIT sobre más de 35 000 buques del tipo regido por el Convenio SOLAS de forma protegida, fiable y continua.

El Subcomité acordó:

  • Un plan y procedimientos para la tercera fase de prueba de modificación del sistema LRIT y para la renovación de los certificados de Infraestructura de clave pública (PKI) en 2019.
  • Un proyecto de enmiendas para la continuidad del servicio del sistema LRIT (MSC.1/Circ.1376/Rev.3) y sobre MSC.1/Circ.1259/Rev.7: "Documentación técnica LRIT (parte I).
  • Un proyecto de revisiones de Principios y directrices relativos al examen y la auditoría del funcionamiento de los centros de datos LRIT y del Intercambio internacional de datos LRIT (MSC.1/Circ.1412/Rev.1).

 

El sistema LRIT

Las obligaciones de los buques de transmitir información LRIT, y los derechos y obligaciones de los Gobiernos Contratantes y de los servicio de búsqueda y salvamento para recibir información LRIT se establecen en la regla V/19-1 del Convenio SOLAS.

El sistema LRIT comprende el equipo de a bordo para la transmisión de información LRIT, los proveedores de servicios de comunicaciones (CSP), los proveedores de servicios de aplicaciones (ASP), los centros de datos LRIT, que incluyen cualquier sistema de vigilancia de buques conexos, el Plan de distribución de datos LRIT (DDP) y el Intercambio internacional de datos LRIT. Existe un Coordinador LRIT, que actúa en nombre de todos los Gobiernos Contratantes, que examina o audita determinados aspectos del funcionamiento del sistema LRIT.

La Agencia Europea de Seguridad Marítima (AESM) sigue manteniendo y dirigiendo el Intercambio internacional de datos LRIT (IDE) desde su centro de operaciones en Lisboa (Portugal). La AESM también mantiene una instalación de continuidad del servicio en Madrid (España) para la restauración inmediata de los servicios en caso de una interrupción del servicio de la sede principal.

El Servicio de Guardacostas de los Estados Unidos, que estableció y explotó el IDE provisional entre 2008 y 2011, sigue ocupándose de la gestión del sitio de recuperación en caso de desastre para el IDE permanente en Kearneysville (West Virginia, Estados Unidos). La OMI sigue albergando el servicio primario del Plan de distribución de datos LRIT (DDP), en su propia sede en Londres, y utiliza el Centro Internacional de Cálculos Electrónicos de las Naciones Unidas (CICE) en Ginebra como parte de los servicios de recuperación en caso de desastre. Asimismo, la OMI alberga y hace funcionar el servicio de distribución de la información (IDF), que facilita información LRIT a las fuerzas de seguridad que operan en las aguas del golfo de Adén y del océano Índico occidental.

La IMSO informó que a fecha de octubre de 2018 había 60 centros de datos LRIT (DC) operativos en el entorno de producción del sistema LRIT. En el cuadro 1 se explica la composición de dichos centros de datos.