Subcomité de navegación, comunicaciones y búsqueda y salvamento (Subcomité NCSR), 8º periodo de sesiones, del 19 al 23 de abril de 2021

Subcomité de navegación, comunicaciones y búsqueda y salvamento (Subcomité NCSR), 8º periodo de sesiones, del 19 al 23 de abril de 2021

Aborda todos los aspectos de la seguridad de la navegación, la fiabilidad de las comunicaciones y la mejora de la coordinación para evitar accidentes marítimos; y garantizar una respuesta rápida y eficaz en caso de incidente de búsqueda y salvamento.

Modernización del SMSSM completada por el Subcomité

El Subcomité ha completado su revisión de los requisitos del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos (SMSSM), acordando proyectos de enmiendas al Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (SOLAS), 1974, y otros instrumentos existentes. Estas modificaciones tienen por objeto permitir el uso de sistemas de comunicación modernos en el SMSSM, al tiempo que se eliminan las prescripciones de usar sistemas obsoletos.

La revisión de las reglas pertinentes de los capítulos II-1, III, IV y V del Convenio SOLAS y la preparación de las enmiendas conexas y consecuentes a otros instrumentos existentes son el resultado de una década de trabajo minucioso de la Organización, en particular del Subcomité NCSR.

La seguridad de la navegación y la seguridad de la vida en el mar dependen de los sistemas integrados de radiocomunicación por satélite y terrestre para apoyar las comunicaciones de socorro, urgencia y seguridad en el mar buque-buque, buque-costera y costera-buque, lo que se conoce como el SMSSM en general. Las prescripciones obligatorias para el SMSSM se establecen en el Convenio SOLAS.

El proyecto de enmiendas al Convenio SOLAS se presentará ahora al 104º periodo de sesiones del Comité de seguridad marítima (MSC), cuya reunión está prevista para octubre de 2021, con vistas a su aprobación y posterior adopción durante el MSC 105 en 2022 para su entrada en vigor el 1 de enero de 2024.

Reconocimiento del sistema regional de navegación por satélite japonés
El Subcomité examinó una propuesta de reconocimiento del sistema regional japonés de navegación por satélite denominado "Sistema de satélites cuasi-cenitales (QZSS) como componente del sistema mundial de radionavegación (WWRNS) y preparó una circular para su aprobación por el MSC 104.

La OMI tiene un papel importante en la aceptación y el reconocimiento de los sistemas de radionavegación que pueden ser utilizados por la navegación internacional. La OMI reconoce actualmente el sistema de posicionamiento global (GPS), el sistema global de navegación por satélite (GLONASS), el sistema de navegación por satélite BeiDou (BDS), el sistema global de navegación por satélite Galileo y el sistema regional de navegación por satélite de la India (IRNSS), y estudiará el reconocimiento del QZSS en el MSC 104. El capítulo V del Convenio SOLAS exige que todos los buques lleven un sistema mundial de navegación por satélite o un receptor de radionavegación terrestre, u otros medios, para establecer y actualizar la posición del buque por medios automáticos, para su uso en todo momento durante el viaje.

Código polar para buques no regidos por el Convenio SOLAS

El Subcomité ha acordado, en principio, que las disposiciones relacionadas con la seguridad de la navegación del Código polar se amplíen para incluir tamaños específicos de buques pesqueros, yates de recreo y buques de carga más pequeños. Se elaborarán proyectos de enmiendas al capítulo XIV del Convenio SOLAS para aplicar las disposiciones pertinentes del Código polar, como mínimo, a los siguientes tipos de buques en todas las travesías que operen en aguas polares: los buques pesqueros de eslora igual o superior a 24 metros; los yates de recreo de arqueo bruto superior a 300 que no se dediquen al comercio y los buques de carga de arqueo bruto superior a 300 e inferior a 500.Se restableció un grupo de trabajo por correspondencia y se le encargó que preparara un proyecto de enmiendas al capítulo XIV del Convenio SOLAS y al Código polar, y que informara en la próxima sesión.

El Código polar de la OMI contribuye a garantizar la seguridad de los buques que operan en las inhóspitas zonas del Ártico y el Antártico, teniendo en cuenta las temperaturas extremas, y que los equipos críticos sigan funcionando en esas condiciones.

La última Asamblea (A 31) adoptó una resolución sobre Medidas de seguridad provisionales aplicables a los buques no certificados con arreglo al Convenio SOLAS que operen en aguas polares, que insta a los Estados Miembros a implantar, voluntariamente, medidas de seguridad en virtud del Código polar para buques no regidos por el Convenio SOLAS.

Aunque el Código polar es obligatorio en virtud del Convenio SOLAS, en general se excluyen los buques de pesca, los yates de recreo, los buques de carga de arqueo inferior a 500 toneladas brutas y los buques que realizan viajes nacionales. Ahora se está estudiando la posible aplicación de las disposiciones sobre seguridad de la navegación y planificación de viajes del Código polar a los buques no regidos por el Convenio SOLAS y la mejor manera de mejorar la seguridad de estos buques cuando operan en aguas polares.

Continúan los trabajos de revisión de las directrices sobre lugares de refugio

El Subcomité examinó una propuesta de revisión de las Directrices relativas a los lugares de refugio para los buques necesitados de asistencia y decidió continuar la labor intrerperiodos mediante la constitución de un grupo de trabajo por correspondencia, que informará al NCSR 9. Las directrices se adoptaron en 2003 (resolución A.949(23)) para proporcionar orientación cuando un buque necesite asistencia, pero la seguridad de la vida humana no esté en peligro. Si la situación evoluciona de modo que las personas a bordo se encuentren en peligro, las reglas de salvamento aplicables en virtud del Convenio SAR, del Manual IAMSAR y de los documentos derivados de estos, tienen prioridad sobre las presentes directrices (y los procedimientos conexos).

 

Normas de funcionamiento de las RLS revisadas

En relación con las normas de funcionamiento de las radiobaliza de localización de siniestros (RLS) autozafables que que operan en la frecuencia de 406 MHz instaladas (resolución MSC.471(101)), el Subcomité aprobó los proyectos de resolución: "Enmiendas a las Normas de funcionamiento de los registradores de datos de la travesía simplificados (RDT-S) de a bordo" (resolución MSC.163(78)) y "Enmiendas a las Normas de funcionamiento de los registradores de datos de la travesía (RDT)" (resolución MSC.333(90)), con miras a su adopción por el MSC 104.

Además, el Subcomité acordó los proyectos de revisión de las circulares del MSC sobre las  "Directrices para el mantenimiento en tierra de las RLS por satélite" y de las "Directrices para la prueba anual de las RLS por satélite de 406 MHz".

Declaración de coordinación para el UIT-R

El Subcomité aprobó dos declaraciones de coordinación a la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) en relación con la revisión de la Recomendación UIT-R M.1371-5 y Protección de los terminales del SMSSM que operan en la banda de frecuencias 1 518-1 559 MHz frente a los sistemas de IMT

 

Anteproyecto de postura de la OMI sobre los puntos pertinentes del orden del día de la CMR-23

El Subcomité tomó nota de los progresos realizados en la 16ª reunión del Grupo mixto de expertos OMI/UIT en cuestiones de radiocomunicaciones marítimas en relación con la elaboración del anteproyecto de postura de la OMI sobre los puntos pertinentes del orden del día de la CMR-23

El Subcomité aprobó el mandato de la 17ª reunión del Grupo de expertos OMI/UIT, que se celebrará del 1 al 5 de noviembre de 2021, y encargó al Grupo de expertos, entre otras cosas, que siguiera elaborando el proyecto de posición de la OMI .

 

Medidas de organización del tráfico y sistemas de notificación obligatoria para buques

Las propuestas de nuevas medidas de organización del tráfico, que contribuyen a la seguridad de la vida humana en el mar, a la protección y eficiencia de la navegación y/o la preservación del medio marino son examinadas habitualmente por el Subcomité NCSR. Teniendo en cuenta las limitaciones de tiempo, se acordó recomendar la convocatoria de una reunión del Grupo de Expertos sobre la Ruta de los Buques antes de la sesión plenaria de la NCSR 9 para estudiar cualquier propuesta.

Cuestiones relativas a búsqueda y salvamento

El Subcomité consideró el informe de la 27ª reunión del Grupo mixto de trabajo OACI/OMI sobre la armonización de los servicios de búsqueda y salvamento marítimos y aeronáuticos y aprobó el orden del día preliminar para la siguiente reunión que se celebrará del 6 al 10 de septiembre de 2021.