Tras los informes recibidos sobre los efectos en el sector del transporte marítimo del rápido brote repentino de la enfermedad por Coronavirus 2019 (COVID-19), la OMI ha publicado una carta circular que aconseja a los Estados Miembros y a otros sobre la implantación y el cumplimiento de los instrumentos pertinentes de la OMI.

La carta insta a cooperar a las autoridades de los Estados de abanderamiento, las autoridades de los Estados rectores del puerto y los regímenes de control, así como las compañías y los capitanes de buques, en el contexto actual del brote, a fin de garantizar que, cuando proceda, los pasajeros puedan embarcar y desembarcar, las operaciones de carga puedan realizarse, los buques puedan entrar y salir de los astilleros para proceder a reparaciones y reconocimientos, las mercancías y suministros puedan cargarse, los certificados puedan expedirse y las tripulaciones puedan turnarse.

Los principios para evitar restricciones innecesarias o demoras en la entrada del puerto a barcos, personas y propiedades a bordo están contenidos en los artículos I y V y en la sección 6 del anexo del Convenio de facilitación de la OMI.

La OMI continuará siguiendo la situación de cerca y proporcionará información adicional cuando sea apropiado.