El Comité de facilitación, en su 47º periodo de sesiones, ha adoptado una nueva enmienda al Convenio de facilitación que pretende abordar la necesidad de luchar contra las actividades ilícitas en los programas nacionales de facilitación de los Gobiernos.

La Práctica recomendada 7.11 señala que "Los Gobiernos Contratantes deberían considerar la conveniencia de establecer, en estrecha colaboración con el sector marítimo, un programa nacional de facilitación del transporte marítimo basado en las prescripciones del presente anexo relacionadas con la facilitación y deberían hacer que el objetivo de su programa de facilitación consista en tomar todas las medidas oportunas para facilitar el movimiento de buques, carga, tripulación, pasajeros, correo y provisiones, y eliminar e impedir obstáculos y demoras innecesarios tomando en consideración la necesidad de luchar contra las actividades ilícitas".

Está previsto que la enmienda entre en vigor el 1 de enero de 2025.

El Comité también adoptó una resolución sobre las medidas recomendadas para acelerar la implantación de la ventanilla única marítima; aprobó una versión revisada del Compendio de la OMI sobre facilitación y comercio electrónico; y aprobó las Directrices a fin de armonizar la comunicación y el intercambio electrónico de datos operacionales para las escalas portuarias.

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