La insuficiente formación de los juristas y redactores de leyes bloquea la implantación de una legislación nacional que refleje las disposiciones de los instrumentos de la OMI. Así lo demuestra el Plan de auditorías obligatorio de los Estados Miembros de la OMI (IMSAS). Para abordar esta cuestión, se ha celebrado un cursillo sobre cómo redactar una legislación nacional eficaz que ha tenido lugar en la sede de la OMI del 9 al 13 de octubre.

El objetivo del cuarto cursillo sobre los principios generales de la redacción de legislación nacional para implantar los convenios de la OMI era demostrar que los convenios de la OMI no son tratados de implantación automática, sino que requieren una legislación para la implantación y medidas administrativas y judiciales asociadas. 

En el cursillo se trataron una amplia gama de temas, desde conocimientos básicos sobre la Organización hasta presentaciones detalladas sobre varios tratados de la OMI. También se estudiaron principios y técnicas de transposición de las disposiciones de los tratados a la legislación nacional de los países, y ejercicios prácticos de redacción de legislación.

Los participantes mejoraron su comprensión sobre los principales convenios de la OMI; fueron capaces de identificar las disposiciones de los convenios de la OMI a las que debe darse efecto a través de la legislación nacional principal y las normativas técnicas a través de la legislación subordinada; y aprendieron la importancia de elaborar un mecanismo de coordinación adecuado entre las autoridades nacionales competentes. 

La formación se centró en la implantación de los convenios en los países que siguen el sistema del Common Law, que se beneficiarían de la experiencia de los redactores del Reino Unido. El cursillo fue concebido para juristas cualificados de las Administraciones marítimas, responsables políticos, asesores y/o redactores legislativos de las oficinas del fiscal general, ministerios de justicia y órganos legislativos nacionales encargados de la implantación de los convenios de la OMI en la legislación nacional de sus países.

La OMI se ha comprometido a apoyar a los Estados, en particular a los países en desarrollo, que no disponen de una legislación marítima adecuada para implantar los instrumentos de la OMI, y para los que supone un reto hacer frente a las enmiendas a los convenios que entran en vigor mediante el procedimiento de enmienda tácita. 

Para quienes nunca han asistido a reuniones en la OMI, fue una oportunidad de conocer al personal de las distintas divisiones de la Organización y saber a quién pueden dirigirse para solicitar ayuda.

Asistieron al cursillo un total de 16 participantes de 14 países: Belice; Brunei Darussalam, Gambia, Ghana, Granada, Guyana, Kiribati, Nauru, Pakistán, Papua Nueva Guinea, República Unida de Tanzanía, Seychelles, Sri Lanka y Trinidad y Tabago. 

El cursillo fue organizado e impartido por la Oficina de asuntos jurídicos de la OMI, con la presencia y participación de funcionarios del Departamento de auditoría de los Estados Miembros y apoyo a la implantación; dos redactores experimentados del Reino Unido contratados por la OMI para el cursillo; y el Director adjunto, equipo marítimo,del Departamento de transportes y asesores jurídicos del Reino Unido. La financiación corrió a cargo del Gobierno de China y del Programa integrado de cooperación técnica (PICT) de la OMI.