El Convenio sobre gestión del agua de lastre tiene como fin impedir la propagación las especies acuáticas invasivas a través del agua de lastre de los buques.

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"Se trata de un hito en la lucha contra la propagación de especies invasivas acuáticas, que puede causar estragos en los ecosistemas locales, afectar a la biodiversidad y provocar importantes pérdidas económicas", dijo el Secretario General Kitack Lim.    

Una medida internacional clave para la protección medioambiental encaminada a impedir la propagación las especies acuáticas invasivas a través del agua de lastre de los buques entra en vigor hoy, 8 de septiembre

El Convenio internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques (Convenio BWM) exige que los buques gestionen su propia agua de lastre para suprimir, neutralizar o evitar la toma o descarga de organismos acuáticos perjudiciales o patógenos con el agua de lastre y los sedimentos.

El Convenio BWM o Convenio sobre gestión del agua de lastre fue adoptado en 2004 por la Organización Marítima Internacional (OMI), el organismo especializado de las Naciones Unidas que se ocupa de la elaboración de normas mundiales relativas a la seguridad y la protección del buque y a la protección del medio marino y de la atmósfera de los efectos perjudiciales del transporte marítimo.

"Se trata de un hito en la lucha contra la propagación de especies invasivas acuáticas, que puede causar estragos en los ecosistemas locales, afectar a la biodiversidad y provocar importantes pérdidas económicas", dijo el Secretario General Kitack Lim.    

"Las prescripciones que entran hoy en vigor hoy significan que estamos afrontando la que ha sido reconocida como una de las amenazas más grandes para el bienestar ecológico y económico del país. Las especies invasivas causan enormes daños a la biodiversidad y a las valiosas riquezas naturales de las que dependemos. También causan efectos directos e indirectos en la salud y los daños para el medio ambiente suelen ser irreversible", continuó el Secretario General.

"Con la entrada en vigor del Convenio sobre gestión del agua de lastre no solo se reducirá al mínimo el riesgo de invasiones de especies foráneas a través del agua de lastre, también se facilitarán unas condiciones equitativas para el transporte marítimo internacional, con normas claras y sólidas para la gestión del agua de lastre de los buques", añadió.

 

Abordando el agua de lastre

El agua se utiliza como lastre de forma habitual en los buques para mantener la estabilidad y la integridad estructural. Esta agua de lastre puede contener miles de microbios acuáticos, algas y animales, que se transportan por todos los océanos del mundo y se descargan en ecosistemas de acogida, que no son sus ecosistemas nativos.

El agua de lastre sin tratar que se libera en el puerto de destino del buque puede introducir nuevas especies acuáticas invasivas. La expansión del comercio y el volumen del tráfico en las últimas décadas han aumentado las posibilidades de que se descarguen especies invasivas  De hecho, cientos de invasiones ya han tenido lugar, a veces con consecuencias devastadoras para el ecosistema local.

En virtud del Convenio, todos los buques en tráfico internacional deben gestionar su agua de lastre y los sedimentos siguiendo determinadas normas, de conformidad con un plan específico de gestión del agua de lastre. Todos los buques también tendrán que llevar a bordo un libro registro del agua de lastre y un certificado internacional de gestión del agua de lastre.

Todos los buques que participen en el comercio internacional deben gestionar su agua de lastre a fin de evitar la transferencia de especies potencialmente invasivas en las zonas costeras, lo que incluye cambiar el agua de lastre o tratarla usando sistemas de gestión del agua de lastre aprobados.

Inicialmente, habrá dos normas diferentes, correspondientes a estas dos opciones.

La norma D-1 exige que los buques lleven a cabo el intercambio del agua de lastre en mar abierto, lejos de las aguas costeras. Idealmente, esto significa como mínimo a 200 millas marinas de tierra y en aguas de al menos 200 metros de profundidad. De esta manera, sobrevivirán menos organismos y las probabilidades de que los buques introduzcan especies potencialmente invasivas al liberal el agua de lastre son más bajas.

La norma D-2 es una norma de funcionamiento que especifica la cuantía máxima de organismos viables permitidos en la descarga, incluida la descarga de determinados microbios indicadores perjudiciales para la salud humana.

A partir de hoy, los buques nuevos deben cumplir la norma D-2. Los buques existentes deberán cumplir la norma D-1 en un principio, mientras que la implantación de la norma  D-2 para estos buques se realizará en función de un calendario acordado, teniendo en cuenta la fecha del reconocimiento de renovación del  Certificado internacional de prevención de la contaminación por hidrocarburos (Certificado IOPP), que debe llevarse a cabo por lo menos cada cinco años.

Finalmente, todos los buques tendrán que ajustarse a la norma D-2. Para la mayoría de los buques, esto implica la instalación de equipo especial.  

Vea el vídeo.

 

Antecedentes

La OMI comenzó a abordar este asunto en los años ochenta, cuando algunos países que experimentaban problemas particulares presentaron sus preocupaciones al Comité de protección del medio marino (MEPC). En 1991 se adoptaron unas directrices para abordar el problema y desde entonces la OMI trabajó para elaborar el Convenio sobre la gestión del agua de lastre, que se adoptó en 2004.

La OMI ha trabajado activamente en la elaboración de directrices para la implantación uniforme del Convenio y también con el fin de abordar las preocupaciones de las diversas partes interesadas, por ejemplo, acerca de la disponibilidad de sistemas de gestión del agua de lastre, así como su homologación y pruebas.

Los sistemas de gestión del agua de lastre a bordo deben ser aprobados por las autoridades nacionales, con arreglo a un procedimiento elaborado por la OMI. Dichos sistemas deben ser sometidos a ensayo tanto en una instalación en tierra como a bordo de los buques, a fin de demostrar que cumplen las normas de funcionamiento que figuran en el Convenio. Podrían, por ejemplo, incluir sistemas que utilizan filtros y luces ultravioletas o electrocloración

Los sistemas de gestión del agua de lastre en los que se hace uso de sustancias activas deben someterse a un estricto proceso de aprobación y ser revisados por la OMI. Existe un proceso de dos fases, a fin de garantizar que el sistema de gestión del agua de lastre no plantea riesgos inaceptables para la seguridad de los buques, la salud de los seres humanos y el medio acuático.

Hasta la fecha, 60 sistemas de tratamiento de agua de lastre han sido homologados.

 

Programa  GloBallast

Desde el año 2000, el Programa FMAM-PNUD-OMI de Asociaciones GloBallast ha prestado asistencia a los países en desarrollo en la reducción del riesgo de invasiones biológicas acuáticas, poniendo énfasis en la creación de capacidad necesaria para implantar el Convenio. Más de 70 países se han beneficiado directamente de este proyecto, que ha recibido una serie de distinciones internacionales por su labor. El programa GloBallast también trabaja con el sector privado, a través de la Alianza Mundial del Sector (GIA) y el Fondo GIA, establecido con socios de las principales compañías marítimas

 

 

Ejemplos de especies invasivas

La medusa americana (Mnemiopsis leidyi) ha viajado en el agua de lastre de los buques desde las costas orientales de las Américas hasta el mar Negro, el mar Caspio y el mar de Azov. Esta especie agota las reservas de zooplancton, alterando la cadena alimentaria y el funcionamiento de los ecosistemas. De hecho, contribuyó considerablemente al colapso de la pesca en el mar Negro y en el de Azov en 1990 y en el 2000, con enormes repercusiones económicas y sociales.

El mejillón cebra (Dreissena polymorpha) ha sido transportado desde el mar Negro a Europa occidental y septentrional, lo que incluye Irlanda y el mar Báltico, y la mitad oriental de América del Norte. Viajando en forma de larva en el agua de lastre, al liberarse se reprodujo muy rápidamente en Norteamérica, ya que allí no existían sus depredadores naturales. Este mejillón se multiplica y se incrusta en todas las superficies duras que encuentra de forma masiva. Desplaza las especies acuáticas nativas, alterando su hábitat, ecosistema y cadena alimentaria y provoca problemas graves de incrustación que afectan a buques e infraestructuras. Como consecuencia, se han producido elevados costes económicos relacionados con desbloquear conductos de admisión de agua, esclusas y canales de riego.

La estrella de mar del Pacífico septentrional (Asterias amurensis) ha sido transportada en el agua de lastre desde el norte del Pacífico hasta el sur de Australia. Se reproduce en grandes números, alcanzando rápidamente la proporción de plaga en los entornos invadidos. Esta especie invasiva ha causado considerables pérdidas económicas, ya que se alimenta de mariscos, incluidas especies comercialmente valiosas como vieiras, ostras y almejas

Otros ejemplos se enumeran en el presente documento (en inglés).

El Convenio BWM tiene hasta la fecha 63 Estados Contratantes que representan el 68.51% del arqueo de la flota mercante mundial.