El Relator Especial evalúa la eficacia de los mecanismos normativos internacionales relativos a las sustancias y desechos peligrosos.

Se prevé que la evaluación se centre en las áreas comprendidas en el mandato de la OMI, en virtud de los tratados internacionales aprobados por la OMI.
En octubre de 2020, el Consejo de Derechos Humanos renovó el mandato del Relator Especial sobre las implicaciones para los derechos humanos de la gestión y eliminación ambientalmente racionales de las sustancias y los desechos peligrosos. El Relator Especial, nombrado por primera vez en 1995, tiene el mandato de proporcionar información detallada y actualizada sobre varios ámbitos, entre los que se encuentran el desarrollo, las lagunas y los déficits de la eficacia de los mecanismos normativos internacionales relativos a las sustancias y los desechos peligrosos y sus efectos en el disfrute de los derechos humanos. El Relator Especial examina opiniones y contribuciones de los Gobiernos, los organismos de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales pertinentes, la sociedad civil y otras partes interesadas.
Como parte de su mandato, el actual Relator Especial, Marcos Orellana, solicitó una visita virtual a la Secretaría de la OMI. La visita permite al Relator Especial evaluar la labor de la OMI sobre cuestiones relativas al mandato de las sustancias y los desechos peligrosos a fin de determinar las buenas prácticas, así como las áreas que puedan necesitar mejoras para formular recomendaciones concretas y constructivas.
Se prevé que la evaluación se centre en las áreas comprendidas en el mandato de la OMI, en virtud de los tratados internacionales aprobados por la OMI, entre ellos: el Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (Convenio MARPOL); el Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (Convenio SOLAS); y las convenciones sobre el reciclaje de buques (Convenio internacional de Hong Kong para el reciclaje seguro y ambientalmente racional de los buques); el control de los sistemas antiincrustantes perjudiciales en los buques (Convenio sobre los Sistemas Antiincrustantes); el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques (Convenio BWM); el vertido de desechos en el mar (Convenio y Protocolo de Londres), y los que abarcan la limitación de la responsabilidad por daños causados por la contaminación.
El Relator Especial celebró reuniones virtuales con miembros clave de la Secretaría de la OMI del 9 al 18 de diciembre de 2020. Se prevé que las reuniones de seguimiento, incluidas las reuniones presenciales cuando sean permisibles, se celebren durante el año 2021, y el informe del Relator Especial está previsto para septiembre de 2021. El Secretario General se compromete a cooperar con el Relator Especial de manera abierta y transparente.
Envío de información
El Relator Especial ha invitado a todas las partes interesadas, incluidas las organizaciones de la sociedad civil, los defensores de los derechos humanos y los académicos, a que presenten información relevante para apoyar su trabajo. La fecha límite es el 31 de marzo de 2021. Para más detalles, véase: https://www.ohchr.org/EN/Issues/Environment/SRToxicsandhumanrights/Pages/analysis-imo.aspx
También se ha invitado a los Estados Miembros de la OMI a responder al siguiente cuestionario y proporcionar cualquier información adicional que consideren relevante. (Solicitud de aportaciones - Relator Especial sobre las implicaciones para los derechos humanos de la gestión de las sustancias y los desechos peligrosos - Cuestionario: Análisis del impacto de la Organización Marítima Internacional (OMI) (English | Français | Español))
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