Las enmiendas al Convenio constitutivo de la OMI incrementarán el número de Estados Miembros del Consejo a 52 de los 40 actuales.

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Las enmiendas al Convenio constitutivo de la OMI incrementarán el número de Miembros del Consejo de 40 a 52, para reflejar el aumento de Miembros participantes de la OMI. 

Los Estados Miembros de la Organización Marítima Internacional (OMI) han sido llamados a aceptar las enmiendas al Convenio constitutivo de la OMI lo antes posible con el fin de incrementar el número de Miembros del Consejo a 52, para reflejar el aumento de Miembros participantes de la OMI. 

El texto de las enmiendas, que fueron adoptadas por la Asamblea de la OMI en diciembre de 2021, ya se ha distribuido a través de las Naciones Unidas (C.N.46.2022), en los idiomas auténticos árabe, chino, español, francés, inglés y ruso.

El Secretario General de las Naciones Unidas ejerce de depositario en el Convenio constitutivo de la OMI. El Convenio constitutivo de la OMI se adoptó en 1948, estableciendo la propia OMI (el nombre original era Organización Consultiva Marítima Intergubernamental (OCMI), y este se cambió a OMI en 1982).

Las enmiendas al Convenio constitutivo de la OMI incrementarán el número de Miembros del Consejo de 40 a 52, ampliarán el mandato de sus Miembros, y reconocerán tres textos auténticos adicionales como versiones igualmente auténticas del Convenio constitutivo de la OMI.

La decisión de incrementar el número de Miembros del Consejo refleja el aumento de Miembros de la OMI en las últimas décadas. Además, apoyará la consecución de formar un Consejo representativo, equilibrado, diverso y eficiente, que pueda apoyar los intereses de todos los Miembros de la Organización y garantice la representación de todas las grandes regiones geográficas del mundo.

Las enmiendas a los artículos 16, 17, 18, 19(b) y 81 del Convenio constitutivo de la Organización Marítima Internacional requieren la aceptación de dos tercios de los Miembros de la OMI, es decir, 117 Estados Miembros (sobre la base de los actuales 175 Estados Miembros) para su entrada en vigor.

La Asamblea de la OMI adoptó una resolución en la que insta a los Miembros de la Organización a aceptar estas enmiendas a la mayor brevedad posible, con el objetivo de que entren en vigor para 2025 (Resolución A.1172(32)).

Incremento del número de Miembros del Consejo de la OMI

Una vez que hayan entrado en vigor las enmiendas, el Consejo de la OMI incrementará en 12 el número de Estados Miembros, pasando de los 40 actuales a 52. El incremento del número de Miembros del Consejo de la OMI supondría la asignación de 12 puestos a cada una de las categorías a) y b) y 28 puestos a la categoría c).

Las categorías son:

a) Estados con los mayores intereses en la provisión de servicios marítimos internacionales;

b) Estados con los mayores intereses en el comercio marítimo internacional;

c) Estados no elegidos con arreglo a lo dispuesto en a) y b), que tengan intereses especiales en el transporte marítimo o en la navegación y cuya integración en el Consejo garantice la representación de todas las grandes regiones geográficas del mundo.

Duración del mandato de los Miembros del Consejo

Según las enmiendas, los Miembros del Consejo continuarán en funciones hasta el término de los dos periodos de sesiones ordinarios consecutivos siguientes de la Asamblea, tras lo cual podrían someterse a reelección. Dado que las Asambleas suelen celebrarse cada dos años, esto significaría, por lo general, que los Miembros cumplirían un mandato de cuatro años.

Idiomas auténticos adicionales

En el espíritu del multilingüismo adoptado por el sistema de las Naciones Unidas, la Asamblea de la OMI adoptó una enmienda al Convenio constitutivo de la OMI, de modo que el árabe, el chino y el ruso, que ya son idiomas oficiales de la Organización, se añadirán como textos auténticos del Convenio constitutivo de la OMI, complementando los actuales textos auténticos en inglés, francés y español.

Miembros actuales del Consejo

Puede encontrar la lista de los Miembros actuales del Consejo aquí