La OMI se ha comprometido a abordar el acuciante problema medioambiental que suponen los plásticos, con la adopción de un plan de acción.

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Tanto los macroplásticos (por ejemplo, artículos de plástico grandes, como las bolsas de plástico y las botellas de agua y artes de pesca) como los microplásticos (partículas plásticas pequeñas, generalmente de un tamaño igual o inferior a 5 mm) persisten en el medio marino. 

La Organización Marítima Internacional (OMI) se ha comprometido a abordar de forma más profunda el acuciante problema medioambiental que suponen los plásticos, con la adopción de un plan de acción destinado a mejorar las regulaciones existentes y a introducir nuevas medidas de apoyo que permitan reducir la basura plástica marina procedente de los buques.     

El Comité de protección de medio marino (MEPC) adoptó el 26 de octubre el plan de acción elaborado como parte de los esfuerzos mundiales para prevenir que la basura plástica marina entre en los océanos mediante las actividades de los buques.  

En virtud de las reglas para prevenir la contaminación por las basuras de los buques del Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (Convenio MARPOL), el vertimiento de plásticos en los océanos ya está prohibido. Además, el Convenio MARPOL obliga a los Gobiernos a garantizar la provisión de instalaciones en los puertos y terminales para la recepción de basuras. En el marco del Convenio y el Protocolo de Londres sobre vertimiento de desechos en el mar, solo materiales permitidos pueden ser vertidos en el mar y para ellos antes tienen que ser evaluados para garantizar que no contienen basura plástica.

Durante la reunión del MEPC 73, los Estados Miembros reconocieron que había que hacer un mayor esfuerzo para abordar los problemas de salud y medioambientales que suponen la basura plástica marina. Por ello, acordaron que las acciones propuestas, que afectan a todo tipo de buques incluidos los pesqueros,  deberán ser completadas para 2025. El plan de acción respalda el compromiso de la OMI de cumplir las metas establecidas en el Objetivo de Desarrollo Sostenible 14 (ODS 14) sobre los océanos.  

La basura plástica marina puede también suponer amenazas para el sector marítimo. Por ejemplo, las redes de pesca perdidas pueden enredarse en hélices y timones.


Plan de acción de la OMI para abordar el problema de la basura plástica marina procedente de los buques

El plan de acción toma nota de que la basura plástica marina entra en el medio marino como resultado de una amplia diversidad de actividades terrestres y marinas. Tanto los macroplásticos (por ejemplo, artículos de plástico grandes, como las bolsas de plástico y las botellas de agua y artes de pesca) como los microplásticos (partículas plásticas pequeñas, generalmente de un tamaño igual o inferior a 5 mm) persisten en el medio marino y dan lugar a efectos perjudiciales en la vida y la biodiversidad marinas, así como a repercusiones negativas en la salud humana. Además, la basura plástica marina afecta negativamente a las actividades como el turismo, la pesca y el transporte marítimo. Este material plástico puede recuperarse para la actividad económica mediante la reutilización o el reciclaje. Hay estudios que demuestran que a pesar del marco regulatorio existente para prevenir la basura plástica marina procedente de los buques, las descargas en el mar siguen ocurriendo.

Este plan de acción ofrece a la OMI un mecanismo para identificar unos resultados específicos y medidas para alcanzar esos resultados, de manera útil y cuantificable. El Plan de acción se basa en los marcos normativos y regulatorios existentes e identifica las oportunidades para mejorar estos marcos e introducir nuevas medidas de apoyo para abordar el problema de la basura plástica marina procedente de los buques. Las medidas concretas y otros detalles seguirán siendo examinados por el MEPC 74.

Las medidas específicas determinadas incluyen:

  • propuesta de estudios sobre la basura plástica marina procedente de los buques;

  • analizar la disponibilidad de instalaciones portuarias de recepción;
     
  • considerar conferir obligatoriedad al marcado de los artes de pesca, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y Agricultura (FAO);

  • fomentar la notificación de la pérdida de artes de pesca;

  • facilitar la entrega de artes de pesca recuperados en instalaciones en tierra;

  • revisar las disposiciones relativas a la formación del personal de buques pesqueros y la familiarización de los marinos para garantizar que existe concienciación sobre los efectos del plástico marino;
  • examen del establecimiento de un mecanismo obligatorio para declarar la pérdida de contenedores en el mar e identificar el número de pérdidas;
     
  • fomentar la concienciación pública; y

  • propuestas para fortalecer la cooperación internacional, en particular con la FAO y la ONU Medio Ambiente

La OMI continuará trabajando con sus socios de Naciones Unidas, incluidas la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) a través del Grupo mixto especial de trabajo OMI/FAO sobre la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (pesca INDNR); el Grupo mixto de expertos sobre los aspectos científicos de la protección del medio marino (GESAMP); la Alianza mundial sobre la basura marina (GPML); el Proceso abierto de consultas oficiosas de las Naciones Unidas sobre los océanos y el derecho del mar y la Asamblea de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente (UNEA).

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Plan de acción de la OMI para abordar el problema de la basura plástica marina procedente de los buques (versión ampliada)

El plan de acción se examinará periódicamente y actualizado como corresponda.

Reducción de la basura plástica marina generada y recuperada por los buques pesqueros

Las medidas incluyen:

  • examinar la posibilidad de que el Sistema de asignación de un número de la OMI a los buques para su identificación se haga obligatorio para los buques pesqueros a partir de cierta eslora;

  • considerar la conveniencia de conferir obligatoriedad al marcado de todos los artes de pesca con el número de identificación de la OMI, en cooperación con la FAO;
  • seguir investigando el registro del número de identificación para cada recordar a los Estados Miembros que recopilen información de sus buques pesqueros registrados sobre toda descarga o pérdida accidental de artes de pesca; y
     
  • considerar la conveniencia de elaborar unas mejores prácticas de gestión a fin de facilitar incentivos para que los buques pesqueros recuperen los artes abandonados y los entreguen en instalaciones portuarias de recepción, en cooperación estrecha con la FAO.

Reducción de la contribución del transporte marítimo a la basura plástica marina

Las medidas incluyen:

  • examinar la aplicación de las disposiciones sobre rótulos, planes de gestión de basura y mantenimiento de registros de basuras (regla 10 del Anexo V del Convenio MARPOL);
     
  • considerar el establecimiento de un sistema obligatorio de declaraciones formateadas de pérdidas de contenedores y los medios a bordo para identificar fácilmente el número exacto de pérdidas; y

  • examinar maneras de comunicar la ubicación de contenedores caídos al mar sobre la base de información adicional facilitada por las partes interesadas.

Mejora de la eficacia de las instalaciones portuarias de recepción y las instalaciones de tratamiento para reducir la basura plástica marina

Las medidas incluyen:

  • considerar la conveniencia de prescribir instalaciones portuarias de recepción que permitan la recogida separada de basuras para los desechos de plástico procedentes de los buques, incluidos los artes de pesca, para facilitar su reutilización o reciclaje;
     
  • examinar mecanismos para mejorar el cumplimiento de las prescripciones del Anexo V del Convenio MARPOL sobre la entrega de los desechos en instalaciones de recepción;

  • examinar la elaboración de herramientas para apoyar la implantación de marcos de costo relacionados con las instalaciones portuarias de recepción;

  • alentar a los Estados Miembros a que cumplan eficazmente su obligación de proporcionar instalaciones adecuadas en los puertos y terminales para la recepción de basuras; y

  • seguir examinando las repercusiones para los pequeños Estados insulares en desarrollo y lugares alejados como las regiones polares al planificar la eliminación de desechos en instalaciones en tierra. 

Mejora de la concienciación pública, educación y formación de la gente de mar

Las medidas incluyen:

  • examinar maneras de fomentar la labor de la OMI para abordar la basura plástica marina generada por los buques;

  • considerar la conveniencia de examinar la formación para pescadores a fin de garantizar que, antes de que se le asignen cometidos a bordo, todo el personal de los buques pesqueros reciba formación básica sobre sensibilización con respecto al medio marino orientada a la basura plástica marina, incluidos los artes de pesca abandonados, perdidos o desechados; y
     
  • examinar cómo podría enmendarse el curso modelo "Sensibilización con respecto al medio marino 1.38" para abordar más específicamente la basura plástica marina.

Mejora de los conocimientos sobre la contribución de los buques a la basura plástica marina

Las medidas incluyen:

  • examinar la ampliación de la prescripción de notificación de la regla 10.6 del Anexo V del Convenio MARPOL a fin de incluir los datos de notificación sobre la descarga o pérdida accidental de artes de pesca por el Estado de abanderamiento a la OMI;

  • alentar a los Estados Miembros y organizaciones internacionales que hayan llevado a cabo investigaciones científicas sobre la basura marina a que compartan los resultados de tales investigaciones, incluida cualquier información sobre las zonas contaminadas por basura plástica marina procedente de buques;

  • llevar a cabo un estudio sobre la basura plástica marina, incluidos los macro y microplásticos procedentes de todos los buques; e

  • invitar a los Estados Miembros y organizaciones internacionales a que lleven a cabo estudios para comprender mejor los microplásticos procedentes de los buques.

Mejora de los conocimientos del marco regulatorio relacionado con la basura plástica marina procedente de los buques

  • considerar la conveniencia de elaboración una matriz de marco regulatorio para un análisis de carencias.


Fortalecimiento de la cooperación internacional

  • comunicación de  información a la Asamblea de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente (UNEA); y
     
  • Seguir trabajando con otros órganos y organismos de las Naciones Unidas, en particular, FAO y el PNUMA, así como con foros internacionales que llevar a cabo actividades relacionadas con la cuestión de la basura plástica marina procedente de los buques, tales como la Alianza Mundial sobre la Basura Marina (GPML).

Cooperación internacional y cooperación técnica y creación de capacidad asignadas

  • abordar cuestiones de implantación relacionadas con el plan de acción para abordar el problema de la basura plástica marina procedente de los buques en el contexto de las actividades de la OMI sobre cooperación técnica y creación de capacidad; y
     
  • examinar el establecimiento proyectos principales de financiación externa bajo los auspicios de la OMI en apoyo de planes de acción para abordar el problema de la basura plástica marina procedente de los buques.