Convenio de facilitación
Para que el transporte marítimo internacional prospere es vital un enfoque unificado y global de la facilitación. Este es el objetivo del tratado internacional denominado Convenio de facilitación.
El Convenio de facilitación está en vigor desde 1967, pero los gobiernos lo modifican y actualizan continuamente en el Comité de facilitación de la OMI, que suele reunirse una vez al año en la sede de la OMI en Londres.
En su anexo, el Convenio de facilitación contiene normas, métodos recomendados y reglas para simplificar las formalidades, la documentación necesaria y los procedimientos de llegada, permanencia y salida de los buques.
En el marco del Convenio de facilitación, la OMI ha elaborado una documentación FAL normalizada (conocida como formularios FAL) para que la utilicen las autoridades y los gobiernos, y el Convenio de facilitación insta a todas las partes interesadas a utilizarlos.
Desde abril de 2019, el Convenio de facilitación obliga a los buques y a los puertos a intercambiar los datos FAL por vía electrónica y alienta a que se utilice el llamado concepto de ventanilla única, en el que todos los numerosos organismos y autoridades implicados intercambian datos a través de un único punto de contacto.
El Manual explicativo del Convenio para facilitar el tráfico marítimo internacional contiene orientaciones e interpretaciones de las disposiciones del anexo del Convenio de facilitación para ayudar a interpretar el texto legal de las disposiciones, contribuyendo así a que se entienda mejor. El Manual fue revisado y actualizado por última vez por el FAL 43 en abril de 2019.
Para obtener información más detallada sobre el Convenio de facilitación, pulse aquí.
El Convenio de facilitación está disponible para su compra en formato impreso y electrónico aquí.