Reconocimientos, verificaciones y certificación
Todos los buques deben ser inspeccionados y verificados por funcionarios de las Administraciones del Estado de abanderamiento o por las organizaciones reconocidas/organizaciones de protección reconocidas/inspectores nombrados para que se puedan expedir los certificados pertinentes en los que se establece que los buques han sido proyectados, construidos, mantenidos y gestionados con arreglo a las prescripciones establecidas en los convenios, códigos y demás instrumentos de la OMI.
Convenios, códigos y demás instrumentos de la OMI
1. Convenios:
Convenio SOLAS, Convenio MARPOL, Convenio de líneas de carga, Convenio de arqueo 1969, Reglamento de abordajes 1972, Convenio AFS, etc.;
2. Códigos:
Código IGS, Código PBIP, Código NGV 1994/2000, Código CIQ/CGrQ, Código CIG/CG, Código MODU, Códigos SPS, etc.; y
3. Demás instrumentos:
Resolución A.883(21), sobre "Implantación uniforme a escala mundial del sistema armonizado de reconocimientos y certificación".
Resolución A.1053(27), enmendada por la Resolución A.1076(28) sobre “Directrices para efectuar reconocimientos de conformidad con el sistema armonizado de reconocimientos y certificación (SARC), 2011”.
Resolución A.1049(27), enmendada, sobre "Código internacional sobre el programa mejorado de inspecciones durante el reconocimiento de graneleros y petroleros, 2011" (Código ESP, 2011).
Resolución A.794(19), sobre "Reconocimientos e inspecciones de buques de pasaje de transbordo rodado”.
Resolución A.1071(28), sobre "Directrices revisadas para la implantación del Código internacional de gestión de la seguridad (Código IGS) por las Administraciones".
Orientaciones provisionales sobre las medidas de control y cumplimiento para incrementar la protección marítima MSC FSI.
etc.
Certificados y documentos
En la circular FAL.2/Circ.127-MEPC.1/Circ.817-MSC.1/Circ.1462, que fue expedida el 1 de julio de 2013, y que es objeto de actualización, se enumeran los certificados y documentos que deben llevarse a bordo de los buques.
Entre tales certificados y documentos, (algunos en función del tipo de buque de que se trate) cabe mencionar los siguientes:
- Certificado Internacional de Arqueo;
- Certificado internacional de francobordo;
- Certificado de seguridad para buque de pasaje;
- Certificado de seguridad de construcción para buque de carga;
- Certificado de seguridad del equipo;
- Certificado de seguridad radioeléctrica para buque de carga
- Certificado de seguridad para buque de carga
- Certificado de Gestión de la Seguridad
- Certificado internacional de protección del buque
- Información sobre estabilidad;
- Información para la lucha contra averías;
- Manual de sujeción de la carga
- Documento relativo a la dotación mínima de seguridad,;
- Títulos de capitán, oficial o marinero;
- Certificado internacional de prevención de la contaminación por hidrocarburos;
- Certificado internacional para el transporte de sustancias nocivas líquidas;
- Certificado internacional de prevención de la contaminación por aguas sucias;
- Certificado internacional de prevención de la contaminación atmosférica;
- Certificado internacional relativo al sistema antiincrustante;
- Libro registro de hidrocarburos;
- Plan de emergencia de a bordo en caso de contaminación por hidrocarburos;
- Plan de gestión de basuras;
- Libro registro de basuras;
- etc.
Los certificados y documentos son expedidos por los funcionarios de la Administración del Estado de abanderamiento o las organizaciones reconocidas o las organizaciones de protección reconocidas, o los inspectores nombrados autorizados para tal fin y están sujetos a inspección por los funcionarios encargados de la supervisión por el Estado rector del puerto.
La presentación, por las Administraciones de abanderamiento, de informes sobre exención y equivalentes en virtud de los instrumentos obligatorios de la OMI, así como el suministro de modelos de certificados podrán tramitarse utilizando el módulo de GISIS sobre "Reconocimientos y certificación", al que los Miembros tienen acceso (resolución A.1074(28): "Notificación y distribución mediante el Sistema mundial integrado de información marítima (GISIS)".