Subcomité de prevención y lucha contra la contaminación (PPR), 4º periodo de sesiones, del 16 al 20 de enero de 2017
El Subcomité inició la labor para garantizar la implantación uniforme y eficaz del límite de contenido de azufre de 0,50% m/m que decidió el MEPC 70.
La labor propuesta estaría destinada a estudiar qué medidas pueden adoptarse para garantizar la implantación uniforme y eficaz del límite de 0,50% de contenido de azufre en el fueloil utilizado por los buques, así como las medidas que permitirían a los Estados Miembros de la OMI facilitar políticas eficaces.
Se invitará al MEPC 71 a que apruebe un nuevo resultado sobre la implantación coherente de la regla 14.1.3 del Anexo VI del Convenio MARPOL.
La regla 14.3.1 establece un límite de 0,50%, en el contenido de azufre del fueloil utilizado a bordo de los buques a partir del 1 de enero de 2020, actualmente por debajo de 3,50%. En las zonas de control de las emisiones (ECAS), el límite se mantendrá en 0,10% m/m. Encuentre más información aquí.
Finalizado el proyecto del Código para el transporte y la manipulación de cantidades limitadas de sustancias líquidas nocivas y potencialmente peligrosas a granel en buques de apoyo mar adentro
El Subcomité ultimó el proyecto de Código para el transporte y la manipulación de sustancias líquidas nocivas y potencialmente peligrosas a granel en buques de apoyo mar adentro (Código químico para los OSV) para su aprobación por el MSC 98 y el MEPC 71, con miras a su adopción por la Asamblea de la OMI (A30) a finales de 2017.
El Código químico de los OSV tiene por objeto proporcionar un marco normativo coherente para el transporte y la manipulación de sustancias líquidas nocivas y potencialmente peligrosas a granel en buques de apoyo mar adentro con un plan de certificación única, teniendo en cuenta la evolución compleja y continuada del sector de mar adentro, así como las características de proyecto y de servicio especiales de estos buques.
El Código abarca el proyecto, la construcción y el funcionamiento de los buques de apoyo mar adentro que transportan sustancias líquidas nocivas y potencialmente peligrosas a granel para el servicio y reabastecimiento de las plataformas, unidades móviles de perforación y otras instalaciones mar adentro. También se incluyen las unidades utilizadas en la búsqueda y recuperación de hidrocarburos en el fondo marino.
Se acordó que el código debería aplicarse a los buques de apoyo mar adentro dedicados al transporte de los productos regidos por el presente código, independientemente de su tamaño o travesía.
Finalizado el manual de la gestión del agua de lastre
El Subcomité PPR ha finalizado su labor sobre el manual "Gestión del agua de lastre – Cómo llevarla a la práctica", que está previsto que se ultime y sea aprobada por el MEPC 71.
El manual facilita asesoramiento sobre el proceso de ratificación, implantación y cumplimiento del Convenio internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques, 2004 (Convenio BWM), que entrará en vigor el 8 de septiembre de 2017.
El manual proporciona información práctica a los Gobiernos -particularmente a los de países en desarrollo-, las Administraciones, los propietarios de buques, las autoridades de supervisión por el Estado rector del puerto organismos ambientales y otras partes interesadas sobre las repercusiones de la ratificación, implantación y cumplimiento del Convenio BWM.
El objetivo es fomentar nuevas ratificaciones y la implantación y el cumplimiento eficaz del Convenio. Actualmente, el Convenio BWM ha sido ratificado por 54 países, lo que representa un 53,30% del arqueo de la flota mercante mundial.
Acordada la orientación para determinar la viabilidad de organismos
El Subcomité acordó el proyecto de Directrices sobre las metodologías que pueden utilizarse para determinar los organismos viables, para su aprobación por el MEPC 71.
Las Directrices facilitan información sobre las metodologías utilizadas para determinar los organismos viables durante la homologación de los sistemas de gestión del agua de lastre, a fin de verificar que cumplen la norma de eficacia establecida en la regla D -2 del Convenio BWM.
Acordada la actualización de los cursos modelo de formación sobre el Convenio de cooperación
El Subcomité acordó el proyecto definitivo de la actualización de los cursos modelo OMI sobre cooperación, preparación y lucha contra la contaminación por hidrocarburos (cursos modelo de formación sobre el Convenio de cooperación)
Los cursos modelo de formación sobre el Convenio de cooperación han sido revisados a fin de proporcionar orientaciones actualizadas sobre la preparación y lucha contra los derrames de hidrocarburos en el mar. Hay cuatro cursos en la serie que incluye un nivel introductorio cuyo objetivo es brindar una introducción general y concientizar sobre la preparación y lucha contra derrames de hidrocarburos en el medio ambiente marino. A continuación la estructura del curso se organiza de la forma siguiente: Nivel 1 (Operacional), destinado a los jefes de equipos, primeros responsables y a todos aquellos que trabajan en el área de lucha contra la contaminación por hidrocarburos; Nivel 2 (Táctico), destinado a los gestores de sucesos, jefes en el lugar del siniestro, supervisores y a todos aquellos que trabajen en un centro de mando para la gestión de sucesos de contaminación por hidrocarburos; y el Nivel 3 (Estratégico), destinado a administradores y gestores de categoría superior con la responsabilidad de determinar la preparación y las estrategias en la lucha contra la contaminación por hidrocarburos.
Código CIQ: revisión del capítulo 21 sobre los criterios para asignar prescripciones para el transporte
El Subcomité siguió avanzando con la revisión del Código internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten productos químicos peligrosos a granel (Código CIQ). Concretamente, se acordó el proyecto del capítulo 21 revisado (Criterios para asignar prescripciones de transporte a los productos) a fin de presentarlo al MEPC 71 y MSC 98 para su aprobación, en espera de la ultimación de la revisión de los capítulos 17 y 18 del Código, para su distribución y su adopción ulterior en un futuro periodo de sesiones.
De esta manera, se prepara el terreno para la revisión de los capítulos 17 (Resumen de prescripciones mínimas) y 18 (Lista de productos a los cuales no se aplica el Código). El examen general del Código CIQ tiene por objeto armonizar los requisitos de las sustancias individuales con el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA) de Naciones Unidas y la edición revisada del "Procedimiento revisado del GESAMP para la evaluación de la peligrosidad de los productos químicos transportados por los buques" realizada por el Grupo mixto de expertos sobre los aspectos científicos de la protección del medio marino (GESAMP).
El Subcomité también había proseguido su labor para elaborar el proyecto de enmiendas al Anexo II del Convenio MARPOL con el objeto de reforzar las prescripciones relativas a las descargas flotantes persistentes, de alta viscosidad y sustancias que están a punto de solidificarse.
Acordadas las Directrices para la descarga del agua de purga de la recirculación de los gases de escape
El Subcomité aprobó el proyecto de Directrices para la descarga del agua de purga de la recirculación de los gases de escape, a fin de presentarlo al MEPC para su adopción.
La regla 13.5.1 del Anexo VI del Convenio MARPOL estipula que los motores diésel marinos instalados en buques construidos el 1 de enero de 2016 o posteriormente cumplirán los niveles de las emisiones de NO x de nivel III cuando operen las zonas de control de las emisiones de NO x de Norteamérica y el mar del Caribe de los Estados Unidos. Un método para reducir las emisiones de NO x es la recirculación de los gases de escape (EGR), que es un proceso interno del motor que tiene como resultado una reducción de las emisiones de NO x que cumplirá con lo prescrito en la regla. El MEPC 70 aprobó la designación del Mar Báltico y el Mar del Norte como zona de control de las emisiones de NOx con una fecha de entrada en vigor el 1 de enero de 2021.
Mediante este proceso se generarán gases de escape condensados que se descargarán como agua de purga, la cual debería manipularse de forma distinta en función del contenido de azufre del combustible. La EGR podrá utilizarse también como una opción para el cumplimiento del nivel II.
Las presentes directrices abarcan la descarga del agua de purga de la EGR. Si bien tienen carácter de recomendación, se invita a las Administraciones a que se basen en las mismas para implantar cualquier normativa al respecto.
Acordadas la revisión de las Directrices SCR
El Comité acordó el proyecto de Directrices de reducción catalítica selectiva (SCR) para su presentación al MEPC 71, para su examen con miras a su adopción.
Una vez se adopten, se invitará a las Administraciones a que tengan en cuenta las presentes Directrices a la hora de certificar los motores equipados con sistemas SCR. Se trata de dispositivos reductores de NOx previstos en el Código Técnico sobre los NOx 2008.
Grupo de trabajo por correspondencia sobre sistemas de gasificación a bordo para la conversión
Se constituyó un grupo de trabajo por correspondencia para que continuara trabajando en el proyecto de normas para los sistemas de gasificación a bordo para la conversión de desechos así como las enmiendas correspondientes a la regla 16 del Anexo VI del Convenio MARPOL y el Certificado internacional de prevención de la contaminación atmosférica (Certificado IAPP).
Grupo de trabajo por correspondencia sobre carbono negro
El Subcomité constituyó un grupo de trabajo por correspondencia para que continuara la labor respecto a las repercusiones en el Ártico de las emisiones de carbono negro procedentes de los buques.
Se encargó al grupo de trabajo por correspondencia que continuase elaborando el proyecto de protocolo de notificación de medición del carbono negro, con miras a su ultimación en el próximo periodo de sesiones (PPR 5).